Por primera vez en Chile, se reconoció la existencia de un vínculo laboral entre una aplicación móvil (App) y un repartidor, así lo dio a conocer la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.
Por su modalidad de vínculo con los repartidores (que son tratados como “socios” y no como “trabajadores”), en la justicia chilena existen al menos 30 demandas laborales que involucran a las aplicaciones de delivery como PedidosYa, UberEats y Cornershop.
Alvaro Arredondo Montoya, es un chileno domiciliado en Concepción, a quien se le acogió una demanda que presentó tras ser despedido de la App luego de haber prestado servicios desde el 3 de julio de 2019 al 15 de mayo de 2020.
En la sentencia, dictada por la jueza Angela Hernández Gutiérrez, se dictaminó que sí existe un vínculo laboral entre las partes, dándole la razón al trabajador.
La jueza estableció que «la relación laboral nace a la vida jurídica cuando se reúnen los elementos que la configuran, independientemente de la calificación que puedan darle una o ambas partes. Pues, en materia de derecho del trabajo, reina como principio el de primacía de la realidad, que significa que en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos y acuerdos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos».
Además agrega que existían indicios de una relación laboral, como por ejemplo que para llegar a prestar servicios para la Apps el trabajador debió pasar por un proceso de selección; que debía usar un uniforme (casaca, mochila y poleras, todos con el logo de la App); que existía control de jornada, entre otros.
El fallo agrega que «se ha logrado establecer la subordinación y dependencia a través de los elementos detallados (…) estos es que los turnos en que el actor podía prestar sus servicios como repartidor fueron fijados por la demandada; que el servicio de repartidor era ofrecido por la demandada siendo el actor solo un ejecutor del servicio ofrecido por esta y sin tener responsabilidad en esta gestión, ni incidir en el cobro de este servicio».
Asimismo, se condenó a PedidosYa a pagarle al demandante una serie de prestaciones: $307.607 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo, $189.606 por concepto de feriado proporcional y remuneraciones durante el periodo comprendido entre la fecha del despido (15 de mayo de 2020) y la convalidación de este, sobre la base de $307.607 mensuales.
Por último, la empresa de delivery tendrá que pagar al trabajador cotizaciones previsionales con los reajustes e intereses.
La sentencia se conoce en momentos que el Congreso está tramitando una moción para que se le reconozca una relación de dependencia a los trabajadores de plataformas, otorgándoles prestaciones de salud y seguridad social.