La Dirección del Trabajo (DT) recordó a los empleadores la obligación de realizar, durante enero, la Comunicación Electrónica anual de la Ley de Inclusión Laboral, trámite mediante el cual las empresas deben informar su cumplimiento durante el año anterior, según lo establecido en el artículo 157 bis y siguientes del Código del Trabajo.
El proceso se realiza a través del portal MiDT e incluye la entrega de antecedentes sobre dotación promedio anual, contratos vigentes con personas con discapacidad o pensionadas por invalidez, contratos terminados, medidas subsidiarias —en caso de incumplimiento— y la identificación del gestor de inclusión laboral, entre otros requisitos. La omisión o entrega incompleta de estos datos puede derivar en fiscalizaciones y sanciones a las empresas.
Jaime Chamorro, Seremi del Trabajo y Previsión Social, destacó el nivel de cumplimiento en la Región de O’Higgins. “Según estadísticas de la Dirección del Trabajo, a 15 de enero de 2026, en O’Higgins 150 empresas realizaron la comunicación electrónica que exige la Ley de Inclusión Laboral”, precisando que el reporte permite “dar cuenta de su cumplimiento en 2025”.
La DT agregó que el comportamiento ha sido variable en los últimos años: “179 empresas realizaron este trámite en 2024 y 105 en 2023”, lo que refleja un aumento sostenido respecto de períodos anteriores, sostuvo Chamorro.
La autoridad laboral insistió que esta obligación no es declarativa y que la información entregada debe estar debidamente respaldada en la plataforma.






