¿Por qué se siguen encontrando escombros diseminados en las riberas de los ríos de nuestra región, mezclados además con desechos orgánicos y domiciliarios, peligrosos residuos industriales y asientos humanos irregulares? La pregunta parece extraña si consideramos que existen disposiciones legales que regulan la materia y que establecen responsables de su cumplimiento y fiscalización, sin embargo, a la luz de los hechos, resulta tristemente pertinente.
Los escombros deben ser depositados en recintos que cuenten con la autorización sanitaria pertinente y que garantice un tratamiento acorde con su naturaleza, lo que en nuestra región se reduce a sólo tres empresas, por lo que cabe preguntarse ¿Por qué no se fiscaliza adecuadamente al resto?, y también ¿Dónde están los municipios y la seremi de salud en esta materia?
La Ley 20.879 señala: “Asimismo, en el caso de las instituciones del Estado y municipalidades, ellas deberán exigir a los vehículos recolectores de residuos domiciliarios y de residuos sólidos inertes la respectiva autorización del director del área de la institución que dé cuenta de la existencia del contrato de disposición final en el cual se indique que el destino último de los desechos será un relleno sanitario o un vertedero legalmente autorizado”.
¿Qué implicancias tiene esta disposición?
Básicamente significa que todos los escombros que se generan en la construcción, en las faenas industriales o mineras, o también en los domicilios deben disponerse en lugares legalmente habilitados para ello, sin embargo, un somero recorrido por nuestros cauces de ríos obliga a concluir que es poco probable que esa norma se esté cumpliendo y peor aún, nadie parece estar fiscalizando adecuadamente ese incumplimiento.
Trabajos por largos años se han desarrollado en nuestras carreteras, dolorosas intervenciones han molestado a la ciudadanía por un largo tiempo, y nadie parece haber calculado, cuántos residuos inertes (escombros) han generado esas faenas, las que se suman a otras labores industriales y domiciliarias y dónde van a dar.
Municipios y entidades del Estado están obligados a exigir un certificado de disposición final de esa clase de residuos, pero cuesta creer que lo que vemos diseminado en micro basurales o riberas de ríos haya cumplido con esos requisitos.