La Corte Suprema dejó firme la sanción aplicada a MegaMedia por la emisión de una llamada de auxilio realizada por una de las víctimas del crimen de un matrimonio ocurrido en Graneros, Región de O’Higgins.
Los hechos se remontan al 13 de marzo de 2025, cuando el matinal Mucho Gusto abordó el asesinato ocurrido la noche anterior en un predio de la comuna.
Durante la cobertura, el programa emitió en dos oportunidades el audio de la llamada realizada por una de las víctimas a Carabineros, registro en el que se escuchaban momentos del ataque que posteriormente terminó con su muerte.
Tras la transmisión, el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) recibió seis denuncias y decidió sancionar al canal con una multa de 400 UTM, equivalente en ese momento a cerca de $28,6 millones.
Según el organismo, la crudeza y carga emocional del registro vulneraron las normas relativas al correcto funcionamiento de los servicios de televisión, considerando además la eventual exposición de niños, niñas y adolescentes a contenido violento durante un horario protegido.
MegaMedia reclamó judicialmente la sanción, argumentando que esta afectaba la libertad de prensa y el derecho a informar sobre hechos de interés público.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones respaldó las atribuciones del CNTV para fiscalizar este tipo de contenidos y sostuvo que la libertad de expresión y de prensa debe compatibilizarse con otros bienes jurídicos, entre ellos la protección de menores de edad y la dignidad de las personas.
Posteriormente, MegaMedia recurrió ante la Corte Suprema mediante un recurso de queja. El máximo tribunal declaró inadmisible la acción, dejando firme la sanción contra la estación televisiva.






