La Corte Suprema condenó al notario titular de la Segunda Notaría de Rancagua, Jaime Bernales Valenzuela, al pago de $282.573.692 por su responsabilidad civil en una compraventa de terrenos realizada en 2017 utilizando cédulas de identidad falsificadas.
En fallo dividido, la Primera Sala del máximo tribunal acogió la demanda de indemnización de perjuicios y revocó la sentencia previa que había rechazado la acción. La Corte estableció que el ministro de fe no cumplió personalmente con la verificación de identidad de quienes suscribieron la escritura pública.
Bernales reconoció que no presenció personalmente la firma —la cual se realizó ante un trabajador del oficio notarial— y que posteriormente autorizó el documento y dio fe de la identidad de los comparecientes.
“La actividad de notario, como profesional del Derecho, no aparece ajena (…) a las exigencias de desempeñar adecuadamente la función”, señala el fallo, que exige ajustar su actuación a la lex artis notarial.
La Corte agregó que en este caso una revisión personal y acuciosa habría permitido advertir posibles inconsistencias, como que la apariencia de edad de uno de los comparecientes no coincidía con la que figuraba en la cédula presentada.
“La circunstancia de que las cédulas presentadas hubieren aparentado autenticidad (…) no permite tener por cumplida una obligación cuya ejecución correspondía personalmente al ministro de fe”, estableció la sentencia.
El tribunal precisó que el reproche “no consiste en no haber descubierto mediante conocimientos técnicos la falsificación material”, sino en haber autorizado la escritura sin realizar personalmente una actuación esencial para verificar la identidad.
La decisión contó con los votos en contra del ministro Mauricio Silva Cancino y la ministra María Angélica Repetto García, quienes estuvieron por confirmar el fallo que rechazaba la demanda.






