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Cambian de cárcel a exalcalde Juan Ramón Godoy: De mega penal de alta seguridad a una celda en Rengo


El exjefe comunal finalmente logró salir del recinto de La Gonzalina argumentando extorsiones porque ocultaría un abultado patrimonio financiero.

JUEVES, 27 DE AGOSTO DE 2026
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Publicado por

Alejandro León



Luego de llegar a la condena efectiva de 16 años por delitos reiterados de corrupción y lavado de activos, el exalcalde de la capital regional, Juan Ramón Godoy, abandonó el Complejo Penitenciario (CP) de Rancagua para ser trasladado al Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de la comuna de Rengo.

Este cambio responde a una resolución del Juzgado de Garantía de Rancagua dictada el pasado 7 de agosto de 2026, donde se acogió una solicitud de cautela de garantías presentada por la defensa del exjefe comunal.

Diversas fuentes confirmaron a El Tipógrafo que el traslado operativo de Godoy Muñoz ocurrió de manera efectiva durante la semana pasada. No obstante, al ser consultados oficialmente sobre el procedimiento, desde Gendarmería O’Higgins declinaron entregar detalles institucionales, señalando que «como Gendarmería no nos referimos a las decisiones de los Tribunales de Justicia, no está dentro de nuestras facultades comentar los fallos de la justicia, sino que acatarlos«, añadiendo además que sobre traslados «tampoco nos referimos, ya que hay muchas variables de seguridad en este proceso».

La decisión judicial a favor del cambio fue adoptada por el magistrado Felipe Izquierdo durante una audiencia en la Sala 06 del tribunal rancagüino, cita en la que la defensa alegó un «riesgo real y efectivo» para la integridad física de Godoy, argumentando que en el CP Rancagua recibió constantes agresiones verbales e intimidaciones.

El defensor precisó que presenció de primera fuente amenazas hacia su representado con frases como «te vamos a cogotear», originadas entre la población penal porque el exalcalde ocultaría un abultado patrimonio financiero.

Por su parte, el abogado de la Dirección Regional de Gendarmería, Juan Carlos Bello, pidió el rechazo de la medida argumentando la sobrepoblación que registra el penal de Rengo y el saldo de condena superior a cinco años que mantiene el condenado, pero el juez Izquierdo lo desestimó indicando que el hacinamiento en Rengo resulta «análogo a la situación que a la cárcel de Rancagua» y recordando que un propio informe de Gendarmería —el oficio N° 657— da cuenta de que el penal renguino «recibe efectivamente internos con un saldo de pena por cumplir superior a aquel lapso».

Asimismo, la resolución valoró que Godoy es un interno «de bajo compromiso delictual», sin «contaminación criminógena» y con arraigo familiar en la zona.

Desde la vocería del Poder Judicial en la región ratificaron la facultad legal de los tribunales en estas materias, precisando que el Juzgado de Garantía de Rancagua mantiene una sala especial los días viernes para resolver este tipo de peticiones tras escuchar los antecedentes expuestos por las partes y los análisis de Gendarmería.

La medida marca un fuerte contraste para el régimen de cumplimiento de pena del exalcalde, ya que mientras el CP Rancagua es una cárcel de alta seguridad y diseño modular que alberga a más de 2.000 internos de alta peligrosidad, el CCP de Rengo es un recinto urbano de menor escala, con una población penal reducida y de mediana o baja complejidad, que ya ha registrado vulneraciones de seguridad a lo largo de los años, en 2015 (ver nota relacionada) y 2020 (ver nota relacionada).   

Consultados sobre este tipo de beneficios, desde la Defensoría Penal Pública regional señalaron que «al año el equipo de defensa penitenciaria atiende más de 500 solicitudes de traslados a distintos penales», aclarando que estos cambios no son un derecho en sí, sino que se consideran cuando «la estancia en un penal pasa a llevar algunos de sus derechos fundamentales».

Cabe recordar que Godoy Muñoz cumple una sentencia a firme dictada a inicios de este año por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua y ratificada por la Corte Suprema el 1 de julio de 2026 al rechazar los recursos de nulidad de su defensa, fijándose 12 años de presidio por fraude al fisco y cohecho reiterado, sumados a 4 años por lavado de activos, que en conjunto lo mantendrán recluido hasta el año 2040.

Crédito imágenes: Felipe Villavicencio


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