PUBLICIDAD

Reglamento del precio unitario entra en vigencia de manera obligatoria


La normativa fue desarrollada por el Ministerio de Economía junto con el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

LUNES, 15 DE SEPTIEMBRE DE 2025
PUBLICIDAD
Publicado por

Jennifer Díaz



Durante el mes de septiembre comenzó a regir de manera obligatoria el nuevo reglamento sobre información del precio unitario de los productos, normativa del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. La medida exige a supermercados, tiendas de conveniencia y marketplaces del país mostrar el precio por unidad de medida junto al valor de venta de los productos, indicando así el costo por kilo, litro o metro.

El objetivo de esta medida es entregar información completa a los consumidores para que puedan tomar decisiones de compra más informadas. Según María Fernanda Campos, jefa de la División de Competencia y Mejora Regulatoria: “Con esta nueva exigencia los consumidores podrán comparar de manera sencilla cuánto cuesta realmente un kilo de arroz, un litro de detergente o un metro de papel absorbente, independientemente del formato o envase en que se ofrezcan. Esto fortalece la transparencia en el mercado y promueve una competencia más justa entre los comercios”.

La normativa fue desarrollada por el Ministerio de Economía junto con el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y contó con la participación de la Cámara de Comercio de Santiago, la Asociación Gremial Supermercados de Chile y asociaciones de consumidores como Odecu y Conadecus.

Alcance y obligaciones
El reglamento establece que el precio por unidad de medida debe exhibirse de forma clara y visible en el producto, la vitrina, estantería o góndola correspondiente. Aplica a productos con envases que indiquen unidad de medida, como alimentos, artículos de hogar, cuidado personal, artículos para mascotas y cuidado infantil, así como a productos formados por unidades o piezas idénticas en un mismo envase.

La obligación rige tanto en locales físicos como en plataformas online de supermercados, tiendas de conveniencia y marketplaces, y aplica a productos nacionales y extranjeros comercializados en Chile. Los comercios deben distinguir entre productos vendidos a granel y en paquetes, y permitir la comparación de precios usando la misma unidad de medida.

Excepciones
El reglamento no aplica a microempresas ni a ciertos productos, como:

  • Productos de diferente naturaleza en un mismo envase.
  • Cantidades inferiores a 50 gramos o mililitros.
  • Productos suministrados con ocasión de un servicio.
  • Bienes subastados, obras de arte o antigüedades.
  • Productos vendidos en máquinas expendedoras o porciones individuales no envasadas.
  • Preparados de consumo inmediato en cafeterías, restaurantes o plataformas de comercio electrónico.

Aunque el reglamento fue publicado en diciembre de 2024, su entrada en vigencia era diferida. Desde este 11 de septiembre, la norma deberá cumplirse de manera obligatoria.


PUBLICIDAD
Comentarios

Cargando...

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Loading...

Tipógrafo Radio
El Tipógrafo Radio | - 98.9 Rancagua y alrededores