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Motos en Chile también deben grabar la patente en sus espejos


Según lo aclarado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), aunque las motos cuentan con menos espejos que los autos, igualmente deben cumplir con la obligación de marcarlos.

LUNES, 17 DE MARZO DE 2025
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Publicado por

Belén Navia



El 14 de mayo de 2024 cuando se publicó el reglamento final de la Ley 21.601, la que modificó la Ley de Tránsito regulando el grabado de patentes en los vehículos, haciéndolo obligatorio. En el detalle significa que los vehículos que circulan por el país. de manera obligatoria deben marcar los número de la placa patente en los vidrios laterales, y espejos.

A partir de lo establecido por la autoridad, las motocicletas en Chile deberán llevar su patente grabada en todos sus espejos. Esta medida se suma a la normativa que exige lo mismo para automóviles y otros vehículos.

Según lo aclarado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), aunque las motos cuentan con menos espejos que los autos, igualmente deben cumplir con la obligación de marcarlos.

El grabado debe ser permanente, con letra mayúscula legible y cumplir con las dimensiones establecidas en el reglamento. Para vidrios, la altura de las letras debe ser de 7 a 10 milímetros, mientras que en los espejos laterales debe estar entre 5 y 10 milímetros.

Multa por no cumplimiento

Si no se cuenta el grabado se considerará como una falta grave a la Ley de Tránsito, por lo que implicaría una multa que va entre 1 y 1,5 UTM, o sea, entre $67.294 y $100.941, según varíe el precio de la UF.


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