La directora regional del IPS O’Higgins, Tatiana Ramírez, explicó que “las personas que hoy tengan la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez no deberán hacer ningún trámite para recibir la PGU. En el caso de la Pensión Básica Solidaria de Vejez, esta será reemplazada por la Pensión Garantizada Universal, actualmente equivalente a $185.000”.
En el caso del Aporte Previsional Solidario de Vejez que complementa las pensiones más bajas, su monto será reemplazado por el monto de la PGU. “Así, por ejemplo, si una persona tiene un Aporte Previsional Solidario de Vejez de $100.000 que complementa a su pensión actual, entonces ahora recibirá $85.000 adicionales para llegar a los $185.000 de complemento a su pensión.
De igual modo, en el caso de los pensionados de AFP con Pensión Final Garantizada menor que $185.000, dicha pensión se ajustará también a este monto”, indicó la directora Ramírez. Agregó que todos esos incrementos se pagarán de manera automática. En el caso de las personas que reciben el pago del Aporte Previsional Solidario de Vejez a través de una AFP o Compañía de Seguros, recibirán su beneficio PGU mediante las modalidades de cobro que ya tengan con esas instituciones.

Primeros pagos
Las personas que reciban la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario) a través del IPS, recibirán sus pagos desde el 18 de febrero en adelante.
Pagos por depósito: El día 18 se depositará la diferencia para llegar al monto de la PGU a todas las personas que recibanpor depósito sus pagos del Pilar Solidario a través del IPS.
Pagos presenciales: Desde el 18 en adelante se pagará su beneficio PGU a las personas del Pilar Solidario que cobran beneficios presencialmente desde ese día hasta fin de mes.
Las personas que reciben su pago presencial antes del 18 de febrero, recibirán su PGU correspondiente a febrero, abonado en su pensión de marzo. Desde marzo en adelante, la PGU se recibirá en su fecha habitual de pago.
Otros beneficiarios: En el caso de las personas que deban ingresar solicitudes, y cumplan los requisitos de esta etapa, se les informará su fecha y lugar de pago al momento de aprobarse la solicitud. Este pago se concreta al mes siguiente o subsiguiente de esa aprobación.

Principales requisitos
En esta etapa, las principales condiciones para acceder a la Pensión Garantizada Universal son tener 65 años o más, acreditar 20 años de residencia en Chile, contados desde los 20 años de edad, y cumplir los mismos requisitos del actual Pilar Solidario.
Desde agosto, podrán acceder todas las personas de 65 y más años, siempre que no integren un hogar perteneciente al 10% más rico de la población y, además, cumplan el requisito de residencia y cuenten con una pensión base inferior al monto de la pensión superior que establece la ley (la pensión base es una estimación que se efectúa de acuerdo a lo establecido por la ley, y en su caso, agrega las pensiones que se perciben, teniendo presente que no es requisito estar pensionado o pensionarse para acceder al beneficio).
En esos casos, quienes cumplan con los requisitos y tengan una pensión base inferior a 630 mil pesos, recibirán el monto máximo de PGU (185 mil pesos) y quienes tengan una pensión base de más de 630 mil pesos y menor a 1 millón de pesos, podrán acceder a una parte del monto de la Pensión Garantizada Universal, la que se irá reduciendo de acuerdo con la pensión base percibida.
No tienen derecho a la PGU las personas pensionadas de Dipreca y Capredena.
Los requisitos detallados se pueden consultar en www.chileatiende.cl.






