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Ex alcalde de Rancagua podría ser acusado de daños al patrimonio público

VIERNES, 7 DE ENERO DE 2022
Publicado por

Lourdes Reyes



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Desestimada quedó la solicitud que hicieran el ex alcalde de Rancagua, Eduardo Soto y el ex secretario general de la Cormun, César Ríos, a la Contraloría Regional de reconsideración del Informe Final de Investigación Especial N.º 405 de 2020 que habla sobre eventuales irregularidades en la rendición de gastos relativos al contrato efectuado con la empresa Natural Phone, en el marco de una subvención escolar preferencial en el año 2018.

Una de las principales conclusiones del informe especial establecía que “no se acreditó que el servicio de medición de parámetros físicos y nutricionales para 7.535 estudiantes, a través de la aplicación IVEIS se haya prestado -utilizándose para ello las pulseras electrónicas, las tarjetas SIM, los smartphones e incluso la clínica de fútbol a cargo de don (…) de acuerdo a lo previsto en el contrato – vulnerando lo establecido en el artículo 55 del decreto ley N° 1.263, de 1975”.

En este sentido y tras los argumentos presentados por el ex alcalde de la capital regional, la Contraloría indicó en este oficio de fecha de 29 de noviembre de 2021 que “se verificó que la CORMUN de Rancagua celebró un contrato de prestación de servicios de medición de parámetros físicos y nutricionales para 7.535 estudiantes, a través de la aplicación IVEIS, desembolsando para ello la suma de $448.332.500, sin que se haya verificado que dicho gasto haya tenido una contraprestación, por cuanto, tal como se indicó, no consta que el servicio contratado haya sido prestado durante la vigencia que ese acuerdo de voluntades estableció para ello”.

Según este último oficio, el ex alcalde y el ex secretario general de la Cormun, afirmaron que a la fecha la plataforma sigue operativa, aunque no se presentó ningún antecedente que así lo acredite. “Lo que es posible concluir que la CORMUN de Rancagua pagó por un servicio que no fue prestado, generándose así un daño al patrimonio público”.

“Por tanto, atendido lo expuesto y considerando que en esta ocasión no se han aportado suficientes antecedentes de hecho o de derecho que permitan acreditar que se haya prestado efectivamente el servicio de medición de parámetros físicos y nutricionales para los 7.535 estudiantes beneficiarios del contrato con la empresa Natural Phone; es que resulta forzoso desestimar la petición de reconsideración realizada por los interesados y, por ende, se confirman las conclusiones planteadas en el Informe Final de Investigación Especial N° 405, de 2020, de esta Sede Regional”, reza el documento.


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