En junio de este año, la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile señaló que la aparición del covid provocó caídas de hasta 30% en las ventas, llegando incluso a un 50% o 70%.
A pesar de esto, la crisis sanitaria y económica ha potenciado las compras digitales, logrando el repunte de categorías como calzado y vestuario, con alzas de hasta 120%; electrónica, con un crecimiento de 166% y línea hogar, con un ascenso del 286%.
En este escenario, y ante el cambio de la cultura de compra, los emprendedores cada día están aumentando y tomando un papel relevante. Para que su entrada al mercado sea el comienzo de un camino exitoso, es necesario que conozcan la importancia de cumplir con sus obligaciones tributarias. He aquí siete consejos para considerar que entrega Iván Cifuentes, director de Cifneg Consultores.
1.- Desde el comienzo. Todo emprendedor debe saber que cualquier negocio que haga, solo o con socios, está afecto a impuestos como el IVA, Renta y Global Complementario, entre otros. Es importante conocer las implicancias de no cumplir con ellos. Y saber, además, que aparte de su obligación de cumplir con la ley, el poseer un comportamiento tributario le habilitará para conseguir financiamiento regular, cuando lo requiera.
2.- ¿Busco asesoría? Siempre es recomendable contar con asesoría tributaria, laboral y financiera. Quien desconoce sus obligaciones tributarias, se arriesga a pagar multas pecuniarias (dinero), y a recibir sanciones, pudiendo llegar a ser privativas de libertad, en los casos más extremos.
3.- Personas naturales y jurídicas. En Chile es posible crear empresas como personas naturales (empresario individual) y jurídicas (incluso con apenas un socio), las que deben someterse a un régimen tributario. El dueño -en el caso del empresario individual y de una empresa unipersonal-, es quien ejerce todos los derechos y obligaciones de la empresa a su nombre. La persona jurídica, en cambio, es la empresa constituida -la responsable de todos los derechos y obligaciones-, siendo el representante legal de la misma, responsable subsidiario de cualquier multa o castigo que esta reciba.
4.- Tipos de contribuyentes. Antes de emprender un negocio, es importante tener claro que existen dos tipos de contribuyentes, clasificados en primera y segunda categoría, dependiendo de la actividad que desarrolle y del tipo de ingresos obtenidos.
5.- Impuesto mensual. Es el Impuesto al Valor Agregado, IVA, el cual opera sobre las compras de bienes y servicios realizadas por empresarios individuales y personas jurídicas. Corresponde al 19% sobre las ventas y debe pagarse mensualmente a través del Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo.
6.- Impuestos anuales. Considera el Impuesto Anual a la Renta -Formulario 22- y se usa para cumplir con las obligaciones tributarias anuales, siendo el impuesto de primera categoría, para empresas y/o el impuesto Global Complementario, que afecta las rentas percibidas de las personas en el año tributario correspondiente. Es posible descontar, sobre la base imponible de este último (global complementario), dividendos hipotecarios, contribuciones, créditos e impuestos de primera categoría, entre otros,
7.- Otros trámites importantes. Iniciación de actividades, ampliaciones de giros, declaraciones juradas de renta, fiscalizaciones, emisiones de facturas y boletas electrónicas, solicitud de condonaciones de intereses y multas, son algunos de otros tramites esenciales que deben realizarse y tenerse en cuenta.