Antes de iniciar una demanda judicial en los Tribunales que conocen materias de familia por causas de alimentos, relación directa y regular (derecho de visita), cuidado personal de los hijos, o tuición, los interesados están obligados por la ley a concurrir previamente a un proceso de mediación.
En esa instancia pueden suceder dos cosas: o se llega a un acuerdo por las partes, y este es aprobado posteriormente por el Juzgado teniendo por tanto la calidad de sentencia jurídica, o no se llega a un acuerdo y la mediación se frustra, teniendo los interesados que recurrir al Tribunal para que sea este quien determine la pensión de alimentos, establezca la relación directa o regular, o asigne a uno de los padres el cuidado personal de los hijos, todo lo anterior con los costos afectivos y económicos así como también la demora que ello conlleva.
De allí que la mediación familiar como forma alternativa de resolver los conflictos que se originan al interior de las familias, se haya transformado en un medio eficiente y rápido para los usuarios que solucionan su problema en menos de 60 días, a costo cero, y no requiriendo para ello el patrocinio de un abogado.
En la mediación, las partes concurren personalmente ante un profesional mediador que con absoluta imparcialidad y confidencialidad, y en un ambiente de respeto y acogimiento, los acompaña y hace las veces de facilitador para que sean ellas mismas quienes logren establecer una fórmula que resuelva su problema de familia y por ello, al ser los mismos interesados los que voluntariamente establecen una fórmula de solución, se produce un círculo virtuoso que importa un nivel de cumplimiento de dichos acuerdos considerablemente mayor al que se logra por la vía judicial , toda vez que lo sienten como un acuerdo propio, y no como una sentencia impuesta por la autoridad.
En nuestra Región tenemos diez centros de mediación licitados: dos en Rancagua, uno en Rengo, Peumo, San Vicente de Tagua Tagua, Santa Cruz, San Fernando, Peralillo, Litueche y Pichilemu. Estos centros están ubicados en las comunas donde existen Tribunales que conocen materias de familia y han atendido a todos los vecinos de las diferentes localidades que así lo requieran, proporcionándoles una justicia rápida, gratuita, y eficiente mediante un acuerdo que se plasma en un documento firmado por las partes y el mediador, y que es aprobado por el juez, dándole de esta forma el carácter de sentencia jurídica.
A nivel nacional el Sistema de Mediación Familiar atiende a 500 mil personas al año. Este sistema depende directamente del Ministerio de Justicia y DDHH, organismo encargado de enrolar a cada uno de los mediadores que ejecutan su quehacer en forma gratuita, o a los mediadores privados que pueden cobrar ciertos aranceles que son fijados previamente por el Ministerio de Justicia y DDHH.
Para iniciar un proceso de mediación se debe ingresar con clave única a: https //www.mediaciónchile.cl, se informan los datos de contacto de las partes, y se solicita una hora . También se puede solicitar una mediación familiar de forma telefónica, vía correo electrónico o de manera presencial, acudiendo a cualquiera de los 161 Centros de Mediación familiar que hay a lo largo del país, y cuyo listado y datos de contacto también se pueden encontrar en este sitio web.
De esta forma el Ministerio de Justicia y DDHH al facilitar este medio para resolver los conflictos de forma alternativa, está cumpliendo con su mandato de acercar la justicia a la gente