Rancagua y Machalí entrarán en cuarentena desde el viernes a las 22:00 horas, lo que obliga a sus habitantes a familiarizarse con conceptos hasta ahora desconocidos en la zona. Uno de ellos es el Permiso Temporal Individual, que es una autorización que permite a las personas realizar actividades fundamentales y abastecerse de bienes y servicios esenciales en comunas que están en cuarentena sanitaria. Puede ser adquirido de manera remota en Comisaría Virtual o presencial en dependencias de Carabineros. No permiten desplazamiento en horarios de toque de queda ni habilitan para cruzar un cordón sanitario.
La vigencia entra 15 minutos después de haber sido solicitado y se pueden pedir máximo cinco permisos en siete días. No sirven como salvoconducto en toque de queda. Las personas discapacitadas pueden realizar la actividad en compañía de otra persona. Pueden ser obtenidos con clave única o utilizando el RUT y número de serie del carné de identidad.
¿Cuánto dura dependiendo el caso?
- Cada persona que asiste a centros, servicios y establecimientos de salud por hora concertada con anterioridad. El solicitante deberá indicar el nombre del médico que lo atenderá, el horario de atención y el establecimiento o lugar de la misma. En este caso, la persona puede ir con un acompañante. Duración: 3 horas
- Cada persona que compra de insumos básicos, ya sea para la compra de alimentos, medicamentos y/u otros insumos básicos. Duración: 3 horas por un máximo de dos veces por semana.
- Una persona que sale con otra con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental, ya sea de origen psíquico o intelectual. El acompañante o cuidador deberá exhibir a la autoridad fiscalizadora la Credencial de Discapacidad, Certificado de Discapacidad del Registro Civil o Certificado Médico que indique el Diagnóstico Trastorno del Espectro Autista. El permiso deberá ser solicitado con el número de la cédula nacional de identidad de la persona con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental. Duración: 2 horas.
- La persona que pasea mascotas o animales que estén bajo su cuidado, con desplazamiento reducido dentro de las dos cuadras a la redonda del domicilio o residencia. Duración: 30 minutos.
- La persona que concurre a pagar servicios básicos; subsidios o beneficios estatales, seguros de cesantía y gestiones bancarias o notariales. Duración: 3 horas de lunes a sábado.
- La persona que asiste a funerales de familiares directos. Duración: 5 horas de libre tránsito si reside en la misma región del funeral y 24 horas si el funeral es en otra región.
- La persona que retira alimentos, textos y/o artículos tecnológicos para fines escolares desde organismos públicos, tales como JUNAEB, establecimientos escolares u otros. Duración: 5 horas.
- La persona que comparece a una citación en virtud de la ley. El solicitante deberá adjuntar copia de la citación judicial respectiva. Duración: Hasta el cumplimiento de la gestión.
- La persona que lleva alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a adultos mayores, y que debe evitar el contacto directo o físico con los mismos. Duración: 2 horas.
- La persona que lleva alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a recintos penitenciarios, de acuerdo a las reglas dispuestas por Gendarmería de Chile. Duración: 3 horas.
- La persona que traslada niños, niñas o adolescentes entre las casas de sus padres o tutores para el cumplimiento de todo o parte del tiempo de una cuarentena decretada por la autoridad sanitaria. Duración: 2 horas para el traslado.
- El padre, madre o tutor que se traslada a establecimientos de salud para visitar a personas con discapacidad y dependencia, que se encuentren hospitalizadas en dichos recintos. Para lo anterior, el solicitante deberá exhibir a la autoridad fiscalizadora la Credencial de Discapacidad, Certificado de Discapacidad del Registro Civil o Certificado Médico, en su caso. Duración: 3 horas máximo dos veces a la semana.
- Los cuidadores de adultos mayores y personas con discapacidad, con o sin contrato, que acrediten la condición de salud de la persona que requiere asistencia y su vínculo con la misma. Para lo anterior, al momento de la fiscalización la persona deberá presentar a la autoridad una declaración jurada, de acuerdo al formato disponible en la página www.C19.cl.