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Corte confirma multa en contra de Mega por "conducta sexual" en "Mucho Gusto" transmitido en horario de menores


La sanción es por episodio donde María José Quintanilla y Joaquín Méndez comenzaron a bailar y "tocarse las nalgas".

MIÉRCOLES, 24 DE ENERO DE 2018
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Publicado por

Equipo de Corresponsales



La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa de 4 millones 700 mil pesos que le aplicó el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Mega, por el matinal «Mucho Gusto».

Según consigna el fallo que ratificó de manera unánime la sanción del ente fiscalizador de la televisión, la multa es por, «vulnerar el proceso de formación de niños y adolescentes en el matinal Mucho Gusto, (durante el capítulo) emitido el 4 abril 2017».

El texto detalla que la multa es por el episodio donde María José Quintanilla y Joaquín Méndez «bailaron al son de una música divertida y sin otra razón que la diversión comenzaron a tocarse las nalgas con la mano, mutuamente de manera aleatoria y fugaz, acción espontánea y voluntaria».

«No se trata de un abuso ni de un acto de violencia propiamente tal, fue un juego desprovisto de situaciones negativas. Como se trata de un programa de responsabilidad compartida, se sugiere que los menores observen el programa en compañía de un adulto», aclara.

«Que, tal como lo ha expuesto el Consejo Nacional de Televisión, mediante la conducta expresada por los panelistas del programa Mucho Gusto efectivamente se ha afectado la formación intelectual y espiritual de la niñez y de la juventud, al exhibir una conducta que manifiesta de manera inequívoca características sexuales, que importan la vulneración del proceso de formación de los menores, pues con esta se tiende a normalizar una situación que de modo alguno puede considerarse habitual o normal”, consigna la resolución.

Agregando que, «lleva a cabo en el contexto de un ambiente laboral, y absolutamente público, entregando un ejemplo conductual a una audiencia que está pendiente de las actividades que realizan quienes participan en programas de esta naturaleza».

El falló también señala que «compartiendo estos jueces los fundamentos expresados por el Consejo Nacional de Televisión para desestimar los descargos formulados por el canal de televisión, que tienden a trasladar la responsabilidad del contenido de la emisión al espectador, sin considerar que innegablemente la emisión del programa se materializó en horario de protección a los menores de edad, restando importancia a conductas que la sociedad mediante diversas instancias ha intentado erradicar e impedir, en pro de la formación intelectual y espiritual de la niñez y de la juventud y el respeto que toda persona merece por su calidad de tal».


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