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Operación Renta 2016: consulte si aún tiene devoluciones sin cobrar


Por vía telefónica o a través de Internet es posible averiguarlo en la Tesorería General de la República.

MARTES, 16 DE FEBRERO DE 2016
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Publicado por

Jaime Castañeda

Editor El Tipógrafo


La proximidad de marzo trae consigo la Operación Renta 2016, un nuevo proceso tributario. Sin embargo, todavía hay personas que aún no han cobrado sus devoluciones de impuestos correspondientes a años anteriores.

La mayor parte de los casos que tienen devoluciones pendientes, obedecen a que los contribuyentes solicitaron que les otorgaran el dinero mediante un cheque, el cual nunca fue cobrado.

Para saber si tiene un cheque antiguo por cobrar, existen dos opciones: la primera es que puede llamar a la Mesa de Ayuda de la Tesorería General de la República ((56) 2 2768 9800), y preguntar dando tu nombre, RUT y año de la renta.

Otra alternativa es el envío de un formulario de consulta, disponible en el portal de la Tesorería (www.tesorería.cl), rellenando los datos que el documento solicita.

Los cheques tienen una duración máxima de cinco años para ser cobrados. Esto ocurre porque muchas veces las devoluciones de impuestos son enviadas a las direcciones establecidas por los contribuyentes, pero no son recibidas. Es ahí cuando retornan a la Tesorería, a la espera de ser cobrados.

Dentro de sus objetivos, la Tesorería General de la República se propone este año superar la recuperación de deudas impositivas morosas, facilitar el cumplimiento tributario y que en la Operación Renta los contribuyentes reciban la devolución de impuestos en el menor tiempo posible.

¿Cuáles son los plazos para las Declaraciones de Renta por Internet?

El plazo establecido por Ley es el 30 de Abril y sólo se extiende al primer día hábil de acuerdo a lo señalado en la respuesta. Para el caso de Declaraciones de Renta sin valor a pagar (calzadas o con devolución) hechas a través de Internet no se modifica el plazo, lo que hace el Servicio Impuestos Internos es que condona las multas respectivas.

¿Cuál es el plazo para cobrar un cheque de Renta?

El cheque por declaración de Renta caduca a los 60 días contados desde la fecha de giro. Posterior a ese plazo, el interesado debe dirigirse a la Sección Egresos de la Tesorería que corresponda a su domicilio y presentar los siguientes antecedentes: 1) Completar solicitud de reemplazo de cheques caducados. 2) Devolver el cheque caducado, en caso que esté en poder del interesado. 3) El nuevo documento será enviado al domicilio, según lo establecido por el Contribuyente en la solicitud, también puede solicitar el depósito en cuenta bancaria.

¿Cómo averiguo si mi Cheque de Renta fue devuelto a la Tesorería?

Llame a la Mesa de Ayuda de la Tesorería, al 768-9800 e indique su nombre, RUT y año de la Renta.


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