Este 31 de enero próximo vence el plazo para que todas las empresas con 100 o más trabajadores informen electrónicamente a la Dirección del Trabajo su cumplimiento anual de la Ley de Inclusión Laboral (Ley N°21.015), normativa que exige una cuota del 1% de personas con discapacidad en sus dotaciones.
La normativa reconoce que algunas compañías pueden enfrentar razones que dificulten el cumplimiento directo, como la naturaleza de sus funciones o la falta de postulantes disponibles.
En dichos casos, la normativa permite alternativas legales, entre ellas la donación equivalente a 24 sueldos mínimos por cada cupo no cubierto, destinada a organizaciones que desarrollen programas de capacitación, rehabilitación y fomento del empleo para personas con discapacidad.






