La Dirección General de Aguas del MOP O’Higgins ha mantenido las labores de fiscalización en bocatomas, canales, tranques y embalses, en el marco de la Resolución Exenta N°1007 del 9 de mayo de 2025, que establece el cierre obligatorio de captaciones durante este periodo de mayores precipitaciones.
El objetivo de ello es garantizar el libre escurrimiento de las aguas en cauces naturales y reducir el riesgo de desbordes que puedan afectar a la población y a la infraestructura crítica. La normativa, que se extiende hasta el 15 de septiembre de 2025, también ordena el retiro de elementos adicionales como pretiles o estructuras tipo “pata de cabra”, que pudieran obstruir el flujo normal de las aguas.
Durante este periodo, se ha instruido a Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Aguas y a todos los usuarios con obras de captación en cauces naturales, a cumplir con el cierre de las bocatomas y la limpieza de los canales. Asimismo, la instrucción aplica a administradores de tranques y embalses, quienes deben adoptar medidas que garanticen que el agua almacenada —y sus eventuales excesos— no representen un riesgo para las comunidades cercanas.
En caso de no cumplir la normativa, los infractores se exponen a sanciones que van de las 51 a las 500 UTM, lo que equivale actualmente a entre $3,5 millones y $34,3 millones, sin perjuicio de otras acciones civiles o penales que se puedan ejercer.