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¿Cuáles son modelos de mascarilla permitidas en el nuevo uso obligatorio en servicios de urgencia?


La medida del Ministerio de Salud comenzará a regir el 15 de abril y se extenderá hasta el 31 de agosto, como parte de la nueva Alerta Sanitaria por el alza de virus respiratorios.

VIERNES, 4 DE ABRIL DE 2025
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Publicado por

Danya Ríos

Periodista El Tipógrafo


Ante el alza sostenida de virus respiratorios en el país, el Ministerio de Salud (Minsal) decretó una nueva Alerta Sanitaria que contempla, entre otras medidas, el retorno del uso obligatorio de mascarillas en todos los servicios de urgencia, tanto públicos como privados.

Según el Instituto de Salud Pública (ISP), actualmente circulan virus como el Rinovirus, la Influenza, el COVID-19 y el Virus Respiratorio Sincicial (VRS), lo que motivó la reactivación de medidas preventivas.

La resolución —publicada el 3 de abril en el Diario Oficial— establece que a partir del martes 15 de abril deberán usar mascarilla todo el personal de salud (profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y estudiantes en práctica), además de pacientes y cualquier persona que permanezca en servicios de urgencia.

La normativa detalla que se aceptarán exclusivamente mascarillas médicas, quirúrgicas, de procedimiento, de tres pliegues, y respiradores de alta eficiencia tipo N95, KN95 o equivalentes.

La medida se extenderá hasta el 31 de agosto de 2025 o hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión. El incumplimiento será fiscalizado y sancionado conforme al Código Sanitario y, si corresponde, al Código Penal.


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