El beneficio cubre accidentes que ocurran en el interior de los establecimientos educacionales, en los lugares de práctica profesional o en el trayecto directo entre el domicilio y el centro educativo. La norma data de 1972 y está incorporada en el artículo N.º 3 de la Ley 16.744.
Es un beneficio que cubre a todos y todas las estudiantes regulares de establecimientos reconocidos por el Estado, en todos los niveles, en caso de Accidentes Escolares.
Accidente Escolar
Es toda lesión que sufra un o una estudiante, a causa o con ocasión de los estudios o práctica educacional, la cual produzca incapacidad o muerte. Considera a aquellos ocurridos:
- Dentro del establecimiento y/o en el lugar donde se realiza la práctica profesional.
- En el trayecto directo, durante el viaje de ida o regreso entre el domicilio y el establecimiento educacional.
Prestaciones
- Servicio médico gratuito.
- Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud o a domicilio.
- Hospitalizaciones, en los casos que fuera necesario.
- Medicamentos y productos farmacéuticos.
- Prótesis y aparatos ortopédicos, incluidas las reparaciones.
- Gastos de traslado y/o cualquier otro necesario para poder recibir estas prestaciones.
Ante un accidente escolar, se deben seguir los siguientes pasos:
1. Atención inmediata: Trasladar a la o el estudiante afectado al centro de salud público más cercano para recibir atención médica.
2. Declaración del accidente: El establecimiento educacional debe reportar el hecho mediante la Declaración Individual de Accidente Escolar (DIAE) dentro de un plazo máximo de 24 horas. También pueden realizar la denuncia la o el estudiante afectado, su representante o el médico tratante.
3. Documentación requerida: La DIAE debe incluir los datos del establecimiento educacional, la comuna y ciudad, información de la persona afectada y un informe detallado del accidente. Si el incidente ocurrió en el trayecto entre el domicilio y el colegio o lugar de práctica, se requerirá un parte de Carabineros o una declaración de testigos.
4. Acceso al seguro: Presentar la declaración en el centro de salud para activar la cobertura del Seguro Escolar, que se mantiene hasta la recuperación total de la o el estudiante o mientras existan síntomas derivados del accidente.
Este seguro cubre atención médica, quirúrgica y dental de manera gratuita, además de hospitalizaciones, suministro de medicamentos, prótesis, traslados y otros gastos asociados a la atención de salud. Es un mecanismo clave para resguardar la salud y el bienestar de quienes están comenzando su año académico.