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¿Sabías que puedes cambiar de universidad tras los resultados de la PAES? Descubre cómo ejercer tu derecho a retracto


Es común que a los estudiantes les surjan dudas sobre diversos aspectos del proceso, pero especialmente, qué sucede si se desea retractarse de una elección universitaria. 

MIÉRCOLES, 22 DE ENERO DE 2025
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Publicado por

Belén Navia



El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y la Superintendencia de Educación Superior (SES) han informado que los estudiantes tienen el derecho a retracto, que lo pueden ejercer dentro de un plazo de 10 días corridos desde la publicación de los resultados de las postulaciones, es decir, entre el 21 y el 30 de enero.

Este derecho está dirigido a quienes se matricularon en una institución antes de conocer los resultados de las postulaciones o aquellos que, habiendo sido asignados a una institución en la segunda etapa del proceso, decidan cambiarse a otra. Durante este período de 10 días, los estudiantes tienen la opción de desistir de cualquier contrato firmado con una institución de educación superior.

La Ley del Consumidor establece que los estudiantes que ingresen a primer año de una carrera de pregrado, ya sea en universidades, Centros de Formación Técnica (CFT) o Institutos Profesionales (IP), y que ya se hayan matriculado en una institución, pueden ejercer este derecho tras conocer los resultados de la postulación. 

El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, destacó la importancia de que los estudiantes conozcan este derecho, ya que les permite cambiarse a la institución que deseen sin perder su cupo. Además, añadió que “las instituciones de educación superior están obligadas a respetar este derecho, por lo que entre otras cosas, deben devolver lo pagado por la matrícula”.

El Superintendente de Educación Superior, José Miguel Salazar, también destacó la relevancia de este derecho, recordando a las instituciones educativas que deben garantizar su cumplimiento.

“En ese contexto, la Superintendencia de Educación Superior hace un llamado a todas las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica del país a respetar el derecho a retracto y a adoptar las medidas necesarias para que todos los postulantes puedan seguir sus estudios donde estimen conveniente”, expresó también.

Cabe destacar que en 2024, el SERNAC recibió 159 reclamos relacionados con el derecho a retracto, siendo las universidades las que registraron la mayor cantidad de quejas, seguidas por los CFT y los IP. A pesar de esto, el número total de reclamos en educación superior representó solo el 4.7% del total de denuncias recibidas.

¿Cómo me retracto?

Para llevar a cabo el proceso de retracto, el estudiante debe presentar el comprobante de la segunda matrícula y, si es posible, una carta de retracto a la primera institución. 

Los usuarios pueden acceder a un formato de carta visitando www.sernac.cl/retracto o www.sesuperior/retracto. Esta carta debe indicar claramente la fecha y el deseo de ejercer el derecho, y se recomienda que el estudiante pida a la institución que timbre o firme una copia para dejar constancia. 

Cabe mencionar que la institución en la que inicialmente se matriculó debe devolver el dinero pagado por la matrícula y otros pagos relacionados dentro de los 10 días corridos desde que se ejerció el derecho. Sin embargo, puede retener hasta el 1% del arancel anual por concepto de gastos administrativos, y no puede cobrar por los servicios de los cuales el estudiante se retractó.

Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite y no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, es una infracción. Los estudiantes pueden presentar un reclamo al SERNAC, llamando al 800 700 100 o bien directamente en la plataforma de reclamos y denuncias de la SES disponible en su página web.


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