Según indicó el Director Regional de Servel, Luis Avila Bravo, “este 27 de noviembre se inicia el plazo de presentación de excusas para quienes no puedan cumplir con su labor de vocal de mesa luego de ser designados por las Juntas Electorales”.
Sólo podrán excusarse quienes cuenten con alguna de las causales contempladas por la ley 18.700 y las excusas deberán ser presentadas entre el 27 y el 29 de noviembre de forma presencial o por correo electrónico ante la Junta Electoral correspondiente a su domicilio electoral.
Los electores designados como vocales, si lo requieren, podrán excusarse invocando alguna de las siguientes causales:
Estar comprendidos en las causales de inhabilidad legal como ejercer cargos públicos y de elección popular, encontrarse fuera del país o en una localidad distante 300 km., tener que desempeñar el mismo día otras funciones encomendadas por ley, ser mayor de 70 años, aunque en este caso siempre podrán ofrecerse a realizar la tarea, estar física o mentalmente inhabilitado, lo que deberá acreditarse con certificado médico, cumplir funciones en establecimientos hospitalarios, mujeres embarazadas durante todo el período de gestación, el padre o la madre de un hijo o hija de menor de dos años, estar al cuidado de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, entre otros.
Las excusas deberán ser formuladas por escrito, ya sea de forma presencial o vía correo electrónico, ante el secretario de la junta electoral respectiva. Las direcciones de las juntas electorales puede conocerlas directamente en la página web del Servel.
Por su parte, el próximo sábado 02 de diciembre se publicarán las nóminas de vocales reemplazantes de Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores. En esa instancia, la ley no contempla periodo de excusas.
Finalmente, desde Servel indicaron que los vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores que no se presenten en la fecha señalada a sus funciones, arriesgan multas que van de 2 a 8 UTM. (de $ 128.432 a $ 513.728).