Tener una mascota o animal de compañía conlleva una gran responsabilidad. Hay que entregarle alimentación, cuidados veterinarios, esterilizar a tu perro o gato, brindarles hogar y buen trato, recoger y eliminar siempre sus desechos, además de respetar las normas de salud y seguridad pública.
A su vez, según la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, conocida también como «Ley Cholito», establece una serie de obligaciones para las personas que decidan tener a su cuidado una mascota o animal de compañía.
La norma establece que las razas que corresponden a los ejemplares de la especie canina que serán considerados como potencialmente peligrosos deberán ser registrados en el Registro Nacional de Animales Potencialmente Peligrosos de la Especie Canina. Dichas razas son las siguientes: Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Pitbull, Presa Canario, Presa Mallorquín, Rottweiler y Tosa Inu.
Además, las personas que tengan un perro de estas características deben cumplir con estos requisitos:
El dueño debe ser mayor de 18 años de edad
Se debe declarar tal calidad en el respectivo Registro
Uso de correa, bozal y arnés en los espacios públicos
Residencia dotada de cerco seguro, y
Espacio de acuerdo a características fisiológicas y etológicas
Curso de adiestramiento de obediencia (del tenedor junto a su perro)
Asistir a una charla de tenencia responsable dictada por profesional competente
Sanciones al maltrato animal
La ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía también sanciona toda acción u omisión (ocasional o reiterada), que injustificadamente cause daño, dolor o sufrimiento a un animal. Por primera vez en la historia de Chile, la ley considera el abandono como maltrato, junto con prohibir el sacrificio por método de control de la población, las peleas de animales y el adiestramiento para que sean más agresivos.
¿Cómo se sanciona el maltrato?
Cuando se ocasiona daño a un animal: pena de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de 10 a 30 UTM, además de la inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal.
Lesiones graves en la integridad física o muerte del animal: pena de presidio menor en su grado medio y multa de 20 a 30 UTM, además de la inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal.
Importante: las personas que vean amenazada o perturbada su salud o integridad por un animal, también serán protegidas. La denuncia la deben realizar ante el juez o la jueza de Policía Local competente, y será la persona responsable de la mascota quien tendrá que responder civilmente por los daños causados.