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Te respondemos las 8 principales dudas para celebrar Navidad y Año Nuevo en pandemia


Desde el Ministerio de Salud, las autoridades emitieron un protocolo que se debe seguir por todos los habitantes de Chile.

MARTES, 22 DE DICIEMBRE DE 2020
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Publicado por

Erika Pulgarin

Periodista El Tipógrafo


Muchas dudas se han generado en torno a la celebración de la Navidad y Año Nuevo, pues en este 2020 las fiestas se darán en medio de la pandemia del coronavirus.

Desde el Ministerio de Salud, las autoridades emitieron un protocolo que se debe seguir por todos los habitantes de Chile.

Pero, te has preguntado ¿qué se puede hacer, qué no y la cantidad de personas que podrás recibir en tu casa para las fiestas?. Aquí resolvemos algunas dudas.

1: ¿Podré recibir gente en mi casa la noche del 24 y la noche del 31?

Esto dependerá de la fase en la que esté la comuna donde vives. En Cuarentena, la celebración para ambas noches tendrá que hacerse solo con los residentes del domicilio en el que estén. Y dado que los permisos son para actividades esenciales, no hay pases disponibles para ir a otro hogar.

En Transición podrá celebrar con hasta 15 personas, tanto en lugares cerrados como al aire libre.

En Preparación, hasta 20. Y en Apertura Inicial, 30. No es necesario obtener ningún permiso.

2: ¿Será igual el aforo permitido para la celebraciones en el hogar para el 25 de diciembre o el 1 de enero, que son feriados? 

Todo el plan se mantiene igual. En Cuarentena solo se podrá celebrar con los residentes.

En Transición los días feriados operan con cuarentena, pero para los festivos de Navidad y Año Nuevo se mantendrá la posibilidad de compartir con hasta 15 personas.

En Preparación y Apertura Inicial, hasta 20 y 30 personas, respectivamente. En cualquiera de los casos, desde Transición en adelante, no se necesita permiso mientras el objetivo sea salir a celebrar.

3: ¿Podré ir a comprar el 25 o 31 de diciembre?

Ambos días serán feriados. Eso significa que en Cuarentena o Transición será necesario utilizar permisos para ir a comprar u otras actividades consideradas esenciales.

En las demás fases no es necesario tener ningún permiso, pues el desplazamiento siempre es libre.

No obstante, ambos días son feriados irrenunciables, por lo que el comercio está afecto a la restricción.

4: ¿Podré visitar a un adulto mayor que está en Cuarentena para Navidad? 

Sí. Tanto el 24 como el 25 estará disponible en Comisaría Virtual un permiso que habilita una visita a algún adulto mayor que resida en una comuna en Fase 1 (Cuarentena).

Este documento permite la concurrencia de hasta dos personas, sin importar de qué comuna sean.

5: ¿Cómo será el toque de queda durante las fiestas? 

El 24 en la noche no habrá toque de queda, pero sí a partir del 25 de diciembre desde las 02:00 hasta las 05:00 horas.

Desde el 26 en adelante, la restricción se adelantará hasta las 22:00 y terminará a las 05:00 horas. No obstante, habrá horario especial extendido para Año Nuevo: el toque  de queda comenzará recién a las 02:00 horas del 1 de enero y durará hasta las 07:00 horas.

El 2 de enero regresa al bloque 22:00-05:00 horas, hasta la nueva evaluación que se haga el 4 de enero.

Estas medidas aplican a todo el país, por lo que los toques de queda diferenciados hasta ahora cesan durante ese período.

6: ¿Estarán permitidas las fiestas masivas clásicas de Año Nuevo? 

No. Las únicas celebraciones permitidas esa noche serán en lugares abiertos o cerrados con aforos establecidos y dependerá en la fase que esté la comuna donde vives.

Además, habrá una prohibición estricta de fiestas masivas en todo el país desde el 30 de diciembre a las 18:00 horas hasta las 05:00 del 2 de enero.

7: ¿Podré viajar a otra región para Navidad o Año Nuevo?

Los viajes interregionales están permitidos únicamente para quienes vivan en comunas en Fase 3 (Preparación) o posteriores.

8: ¿Funcionarán los restaurantes? 

Dado que tanto 24 como 31 de diciembre son días de semana y laborables, los restaurantes y cafés a partir de la fase de Transición pueden atender clientes, cumpliendo con los requisitos.

No obstante, ya hay locales que reemplazaron la clásica oferta por menús a domicilio para esas noches.

El 25 de diciembre y 1 de enero son feriados irrenunciables, pero los restaurantes pueden funcionar excepto en las fases de Cuarentena y Transición.


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