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Bono Clase Media: SII explica quiénes deben anular la solicitud realizada


El SII dispuso un formulario online para que los y las postulantes que deseen optar al bono, puedan reingresar los datos, confirmarlos o derechamente anular el trámite.

LUNES, 10 DE AGOSTO DE 2020
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Publicado por

Jaime Castañeda

Editor El Tipógrafo


El sábado partió el proceso de rectificación en el Servicio de Impuestos Internos (SII) para quienes tuvieron problemas en la solicitud del bono de $500 mil y, al respecto, la subdirectora de fiscalización del organismo, explicó en Meganoticias Conecta el procedimiento.

Carolina Saravia, subdirectora de fiscalización del SII, dijo que «ya comenzamos con un proceso para que estas personas, que registraron un valor $0 en sus ingresos el mes de julio, tengan tres opciones: confirmar esos ingresos, anular su solicitud o modificar sus solicitud incorporando el monto correcto de los ingresos que esa persona recibió en julio y de esa forma nosotros le volveremos a calcular la diferencia de los ingresos y le indicamos si tiene o no derecho a ese bono”.

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“Este es un proceso que va a continuar para todas esas personas que no tenían claridad respecto a este monto y va a continuar durante todo el mes de agosto. Recordemos que el bono se puede solicitar hasta el 31 de agosto”, añadió a Meganoticias.

El error que se produjo en la postulación de cientos de personas fue que no modificaron el ítem de ingresos de julio, quedando como si no hubiesen recibido ningún tipo de remuneración en este mes, lo que eventualmente los podría hacer beneficiarios de la totalidad del bono, es decir, 500 mil pesos.

Respecto a quiénes deben anular la solicitud, la fiscalizadora del SII explicó que «cuando la persona sabe que tuvo ingresos similares a los del año anterior, que no ha perdido su trabajo o que la disminución de su ingreso es muy pequeñita, en esos casos las personas saben que tienen que anular”.

En ese sentido, aclaró que “ellos anulan su solicitud» y que «no le pedimos ningún dato adicional».

¿Quién tiene que anular?: «La persona que no correspondía que recibiera el bono. El que tiene que modificar es que el que tiene que hacerla de nuevo», asegura.

Agrega que «al que tiene que confirmar, solamente le pedimos un par de datos de dónde trabajaba, RUT del empleador y cuándo se produjo la desvinculación”.


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