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Conoce las 5 causales para eximirse del Servicio Militar


Tienes plazo hasta el 17 de noviembre.

LUNES, 6 DE NOVIEMBRE DE 2017
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Publicado por

Patricio Hernández



Los cantones de reclutamiento extendieron sus horarios de atención en las tardes. Estarán abiertos de lunes a jueves entre las 15:00 y 17:00 horas y el día viernes desde las 15:00 hasta las 16:30 horas, además de continuar disponibles en la mañana de 9:00 a 14:00 horas.

Hasta el 17 de noviembre tienen plazo los jóvenes seleccionados para eximirse de cumplir con el Servicio Militar, acogiéndose al proceso de Reclamación y Exclusión de las Fuerzas Armadas ante la Comisión Especial de Acreditación.

De acuerdo a la información proporcionada por la Dirección General de Movilización Nacional, (Dgmn), los seleccionados que deseen eximirse del servicio, deberán presentarse al Cantón de Reclutamiento correspondiente a su domicilio, entregar los antecedentes y esperar la respuesta por carta certificada.

En cuanto al horario de atención del Cantón de Reclutamiento, a raíz de que muchos de los seleccionados son estudiantes de enseñanza media, el horario de atención se extenderá hasta las 17.00 horas de lunes a jueves y el viernes hasta las 16.30 horas.

Las causales para excluirse, según el artículo 42 del DL N° 2.306 de 1978 son:

1: Las personas que fueren declaradas no aptas por imposibilidad física o psíquica.

2: Jóvenes a quienes el cumplimiento del Servicio Militar ocasione un grave deterioro en la situación socioeconómica de su grupo familiar del cual constituyan su principal fuente de ingreso.

3: Jóvenes que hubieran contraído matrimonio, que estén en vías de ser padres o lo sean con anterioridad al primer sorteo de selección del contingente.

4: Jóvenes condenados a pena aflictiva, salvo que la Dgmn las considere moralmente aptas

5: Descendientes por consanguinidad en línea recta (hijos y nietos y en línea colateral hermanos y sobrinos), ambos hasta el segundo grado inclusive, de las personas a que se refiere el Artículo 18 de la Ley N° 19.123, y que beneficia a familiares de víctimas de violaciones a los Derechos Humanos o de violencia política, además de los hijos de las personas que favorece la Ley N° 19.992.

Los jóvenes sorteados no voluntarios al servicio Militar, tendrán la posibilidad de optar a las modalidades alternativas al cumplimiento del Servicio Militar o podrán cambiar su condición de no voluntarios para inscribirse como voluntarios.

Quienes cumplan con esta obligación pueden acceder a una serie de beneficios. Por ejemplo, pueden finalizar su enseñanza básica o media mientras cursan el Servicio Militar. Además, podrán tener derecho a puntajes para postular al subsidio habitacional y una asignación mensual de aproximadamente 80 mil pesos.

 


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