La Corte Suprema, rechazó un recurso de protección presentado por un sujeto que fue condenado por abuso sexual y que exigía que tanto Google como medios de comunicación digitales, eliminaran la información sobre los delitos que cometió en el año 2008.
Según señala el fallo, consignado por Cooperativa, Cristóbal Andrés Vila Gacitúa, fue condenado el 5 de enero del 2009, como el autor de los delitos de abuso sexual, hurto y lesiones graves perpetrados el 20 de septiembre de 2008, cuando atacó a una cajera de supermercado en la comuna de Providencia.
El demandante, quien es licenciado en kinesiología, cumplió la condena por lo que el 27 de octubre del 2014 se eliminaron sus antecedentes penales, por lo que argumentó ante la Corte de Apelaciones – que había rechazo su petición antes de llegar a la Suprema- que «transcurrido un determinado período de tiempo desde el hecho objeto de la información, es necesario que ésta decaiga en beneficio de la intimidad y del honor».
«Por veraz que sea la información, (…) excede del ejercicio propio de informar, puesto que la noticia se encuentra en internet hace más de 9 años y ello no tiene justificación ni siquiera en la libertad de informar (…) habiendo perdido por el transcurso del tiempo su carácter noticioso», argumentó.
En tanto, los ministros de la Corte Suprema, señalan en su fallo que; «El denominado derecho al olvido que invoca el recurrente no está establecido en nuestra legislación», por lo que su solicitud,»debe ser analizada bajo el prisma de los derechos que se pueden ver afectados: el de la libertad de información y el derecho a la honra o, como sostienen algunos autores, el derecho a la vida privada».
Al ser de carácter sexual el delito cometido por Vila, la Corte señala que, «resulta de interés colectivo o general conocer o difundir y respecto del cual, es relevante el resguardo de derechos de terceros».
Por lo que «es claro que existe un interés público en que la información sea conocida» y que «la libertad de información prevalece sobre el derecho a la honra y a la privacidad que invoca el recurrente».
Cabe recordar que en el año 2008, Cristóbal Vila, intimidó a una mujer afuera del supermercado -donde ella trabajaba- con un cuchillo y la llevó a la parte trasera del establecimiento para intentar violarla, cuando la víctima se resistió, la golpeó y huyó con su celular.