Lo que comenzó como un polémico plan de traslado para la emblemática Feria Libre de Manso de Velasco de San Fernando se ha transformado en un dolor de cabeza permanente y en una verdadera «teleserie» de improvisación administrativa.
A la evidente falta de proyecto técnico, la nula socialización con los feriantes y vecinos, las dudosas condiciones del predio, sumar el millonario arriendo que la municipalidad lleva pagando por más de un año sin utilizarlo, se suma hoy un nuevo y gravísimo escollo legal que deja en evidencia la gestión municipal.
El caso dio un vuelco determinante tras la presentación formal efectuada ante la Contraloría General de la República por el abogado Julio Hernán Peralta Espíndola, quién suma a su currículo ser el primer administrador municipal durante el primer periodo del actual alcalde.
Tras un acabado estudio del proceso de la gestión del cambio de feria local, Peralta Espindola ingresó un requerimiento formal en el que cuestiona de manera categórica todo el proceso, calificándolo de completamente viciado. En su presentación, el jurista no solo expuso las falencias operativas del plan, sino que adjuntó documentación clave que demuestra cómo las arcas municipales están, literalmente, botando el dinero de todos los sanfernandinos en un arriendo inviable.
El «detalle» que al equipo jurídico municipal se le pasó por alto
Dentro de los documentos presentados por el abogado Julio Hernán Peralta, destaca un hecho insólito que roza la ironía: al parecer, el flamante equipo jurídico de la Municipalidad de San Fernando firmó contratos y autorizó pagos sin molestarse en revisar los títulos de propiedad ni leer la letra chica del Conservador de Bienes Raíces.
De haber mirado los documentos o simplemente haber solicitado un certificado básico, se habrían percatado de que el terreno elegido para albergar la feria libre cuenta con una prohibición notarial estricta de dividir, gravar o celebrar cualquier acto o contrato, vigente desde el año 2005. Una restricción legal tan clara como categórica que, de manera inexplicable, nadie en la Dirección Jurídica municipal pareció notar antes de comprometer los recursos de la comuna.
La restricción legal no es reciente ni ambigua. Consta en una escritura pública otorgada el 29 de marzo de 2005 ante el Notario de Chimbarongo, Guillermo Cristián Pérez Díaz, entre la Sociedad de Inversiones La Araucaria Limitada y el Banco Santander Chile.
Mediante este instrumento, la empresa inversora asumió la obligación expresa de no enajenar, gravar, fusionar, dividir ni celebrar acto o contrato alguno sobre las propiedades hipotecadas (así como sobre sus bienes inmuebles por adherencia o destinación), sin contar con la autorización previa y por escrito de la entidad bancaria.
Los terrenos afectados corresponden a dos lotes derivados de la subdivisión de la propiedad situada a 1,5 kilómetros del acceso norte de San Fernando, denominada Reserva Cora N°2, Casas Patronales de El Trapiche:
Lote 1 (o Lote A): Cuenta con una superficie de 30.000 m². Deslinda al Norte con el Lote B y el Bien Común General N°3 (camino público de por medio); al Sur con el Bien Común General N°2, establo y sitios 8 y 10 del Proyecto de Parcelación El Trapiche; al Oriente con camino público (acceso norte) y Lote B; y al Poniente con los sitios 8, 10 y 11.
Lote 2 (o Lote B): Posee una superficie de 5.000 m². Sus deslindes señalan 76 metros aprox. al Norte con el Bien Común General N°3; 76 metros aprox. al Sur con el Lote A; 66 metros aprox. al Oriente con camino público; y 66 metros aprox. al Poniente con el Lote A.
Certeza jurídica en los registros
El título de dominio sobre estos terrenos figura debidamente inscrito a fojas 301 vuelta N.º 550 del Registro de Propiedad del año 2005.
Asimismo, la prohibición de celebrar actos y contratos fue ingresada e inscrita oficialmente en el Conservador de Bienes Raíces de San Fernando el 5 de abril de 2005 (a requerimiento del abogado Julio César Gálvez Mella). La efectividad y vigencia de este registro fue reconfirmada y certificada como copia fiel de su original el pasado 24 de septiembre de 2026 por el propio Conservador de Bienes Raíces local.
Con este expediente sobre la mesa de la Contraloría, la administración municipal queda con más dudas que certezas, debiendo explicar no solo el destino de los fondos públicos pagados en arriendo, sino también el insólito descuido legal del equipo jurídico municipal qué no es el primer descuido.






