Deportes Colchagua atraviesa un escenario crítico en su reestructuración legal, corporativa y deportiva tras la creación de la nueva Sociedad Anónima Deportiva Profesional (SADP) «Nueva Herraduros». Antecedentes del proceso dan cuenta de que se habrían omitido etapas esenciales para su formalización legal, destacando la falta de autorización por parte de una Junta Extraordinaria de Accionistas (o Asamblea Extraordinaria de Socios).
Diversos socios del club afirman que la citada instancia nunca se llevó a cabo, asegurando que esperaron en la sede institucional sin que la directiva se presentara a la convocatoria. Asimismo, sostienen que la constitución de esta nueva entidad se realizó a espaldas de la comunidad, fruto de un acuerdo directo entre los directivos que controlan la Corporación y los nuevos regentes del club.
El marco normativo que rige este proceso está regulado por la Ley N° 20.019 de SADP (y sus modificaciones), la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, las exigencias de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y del Instituto Nacional de Deportes (IND), además de los reglamentos de la ANFP y la Federación de Fútbol de Chile.
Principales riesgos y contingencias para Deportes Colchagua
Según expertos en derecho, al omitir la aprobación de la Junta o Asamblea y actuar al margen del procedimiento legal, la institución y su dirigencia se exponen a severas consecuencias:
Extralimitación de facultades: El Directorio carece de la potestad para tomar decisiones por sí solo respecto a reestructuraciones o traspaso de activos esenciales.
Impugnación judicial: Si la entidad de origen es una SADP, la Ley N° 18.046 (arts. 57 y 67) exige el voto favorable de un quórum calificado de dos tercios (2/3) de los accionistas en Junta Extraordinaria, garantizando además el derecho de retiro de los disidentes. Si se trata de una Corporación, el Código Civil exige la aprobación previa de la Asamblea Extraordinaria de Socios. Al no haberse realizado dicho acto, el traspaso o constitución resulta jurídicamente nulo y susceptible de ser impugnado ante los tribunales ordinarios.
Pérdida del cupo deportivo e imposibilidad de competir (ANFP / CMF / IND)
Derecho federativo no traspasado: La simple creación de «Nueva Herraduros» no otorga de manera automática el derecho a competir. La plaza profesional pertenece a la entidad original; sin un contrato de concesión o traspaso legalmente validado por los socios o accionistas, la ANFP no reconocerá a la nueva entidad.
Rechazo de Licencia de Clubes: Tanto la ANFP como el IND y la CMF exigen las actas reducidas a escritura pública que acrediten el cumplimiento de los quórums societarios. Al no contar con ellas, el organismo rector del fútbol chileno no otorgará la Licencia de Clubes necesaria para disputar el torneo oficial.
La postura dirigencial: Solo versiones off the record
Hasta la fecha, los directivos de Deportes Colchagua no han entregado una versión formal ni declaraciones on the record sobre la situación. Sin embargo, en conversaciones de carácter informador (off the record), altas fuentes de la dirigencia aseguraron de manera tajante que todo el proceso se ha llevado a cabo en estricto apego a la normativa vigente.
Estas fuentes sostienen que cuentan con toda la documentación en regla, el respaldo de la directiva de la ANFP y la aprobación formal de la Asamblea Extraordinaria de Socios, la cual según su versión autorizó la creación de la nueva sociedad.
Respecto a la ausencia del registro de «Nueva Herraduros» en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), los dirigentes indicaron desconocer los motivos del retraso, pero afirmaron que los antecedentes ya fueron remitidos al organismo. Pese al compromiso adquirido por los directivos de enviar copias de dicha documentación a la sala de redacción de El Tipógrafo para su verificación, hasta el cierre de esta edición los documentos no han sido entregados.






