La Corte de Apelaciones de Rancagua condenó a Entel PCS Telecomunicaciones S.A. a pagar la suma de $2.000.000 por el concepto de daño moral a una clienta cuyo número fue portado sin verificar su identidad, hecho que permitió a terceros tomar control de su línea y cometieran estafas asociadas a compras en el comercio.
Con esta resolución, el tribunal revocó la sentencia del Juzgado de Policía Local de Santa Cruz, que había rechazado la demanda civil, y mantuvo la multa de 10 UTM por infracción a la ley del consumidor.
La corte estableció que la afectada enfrentó una situación que excedió las molestias contractuales, quedando expuesta a riesgos digitales y operaciones fraudulentas debido a una deficiente verificación por parte de la empresa.
“Así, la circunstancia de haberse visto privada intempestivamente de su número telefónico y vinculada a operaciones fraudulentas constituye una situación idónea para provocar un menoscabo extrapatrimonial indemnizable, no pudiendo reducirse sus consecuencias a simples incomodidades o contratiempos cotidianos”, detalló el tribunal de alzada rancagüino.
El fallo concluye que la pérdida del número y la exposición a fraudes generaron un menoscabo emocional indemnizable, fijando la compensación en $2 millones, reajustables y con intereses.





