El viernes 9 de enero del 2026, cuando la magistrada dio lectura de la sentencia en contra de Juan Ramón Godoy podría haber sido considerado el punto final de un caso que remeció a la capital de O’Higgins y que puso en el ojo público, la probidad y correcto uso de los recursos públicos de parte de las autoridades.
El otrora alcalde de Rancagua, fue condenado a 16 años de cárcel por los delitos de cohecho continuado y consumado -12 años-, y por lavado de activos, en su grado máximo, 4 años más, en una sentencia que a poco de ser leída, la defensa anunció que presentaría un recurso de nulidad.
El mismo, ha generado un nuevo entramado judicial en el este caso que ya se ha extendido por poco menos de dos años si consideramos que en junio del 2024, Godoy fue puesto en prisión preventiva tras su formalización.
Como había informado El Tipógrafo, el recurso de nulidad fue declarado inadmisible al ser considerado “extemporáreos’ –significa que fue presentado fuera de plazo-. Lo que dio paso a que la defensa de Godoy, representada por el abogado Hugo Zamorano, presentara un recurso de queja, el que con fecha 11 de marzo fue desestimado por la Corte de Apelaciones de Rancagua.
En el documento, se señala que el 15 de febrero del presente año, el mencionado abogado, “interpone recurso de queja en contra de los jueces integrantes de la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua” por la resolución con fecha 10 de febrero de 2026, que resolvió no ha lugar el “recurso de reposición interpuesto en contra de la resolución de fecha 5 de febrero que declaró inadmisible por considerar extemporáneo el recurso de nulidad”, a la sentencia emitida el 9 de enero.
¿Qué quiere decir en palabras simples? Que judicialmente se le están estrechando los caminos a la defensa de Godoy para lograr la nulidad del juicio que lo condenó a 16 años.
Esto porque al ser declarado inadmisible el recurso de nulidad en primera instancia por la Corte de Apelaciones (C.A) de Rancagua, misma suerte que corrió el recurso de queja, en el proceso que se encuentra ahora la defensa es en una apelación que tras su revisión por la C.A tiene que ser enviado a la Corte Suprema, última instancia judicial considerada en el ordenamiento jurídico nacional.
Tras esta determinación se generan dos posibles escenarios, de confirmarse el rechazo al recurso de queja, se acabarían las solicitudes de la defensa, lo que daría paso a que la sentencia quede firme. De acoger la queja, se declara admisible el recurso de nulidad y la Corte tendría que revisar la sentencia.
Esto podría generar que se ordene la realización de un nuevo juicio o indicar correcciones a la sentencia, que a su vez podría derivar en una rebaja de condena.
Otra arista judicial que se mantiene en suspenso es el recurso de nulidad parcial interpuesto por el Servicio de Impuestos Internos por los delitos tributarios de los que fueron absueltos tanto Juan Ramón Godoy como Javier Cornejo. Este fue declarado admisible, pero se encuentra en suspenso a la espera de lo que ocurra con el recurso de nulidad interpuesto por la defensa.
Si bien no hay fecha precisa para conocer la determinación judicial, las próximas dos semanas serán claves en este proceso.






