Desde el pasado lunes 27 de octubre se encuentra abierto el plazo de excusas para los vocales de mesa designados para las Elecciones Presidencial y Parlamentarias del próximo 16 de noviembre. Este periodo finaliza hoy, miércoles 29 de octubre.
De acuerdo con el Servicio Electoral (Servel), la lista con los vocales reemplazantes será publicada el viernes 1 de noviembre. Cabe recordar que quienes no se presenten a cumplir con su función durante la jornada electoral se exponen a multas que van desde las 2 a las 8 UTM, lo que equivale a aproximadamente entre 138 mil y 554 mil pesos.
¿Cuáles son las causales de excusa para evitar ser vocal de mesa?
Según Servel, las causales de excusa pueden ser acreditadas por quienes fueron designados como vocales de mesa ante la Junta Electoral respectiva y son los siguientes:
1) Haber sido designado miembro de Colegio Escrutador o tener alguna de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la misma ley, que son las siguientes:
–Candidatos en la elección.
-Sus cónyuges y sus parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive.
-Las personas que desempeñen cargos de representación popular.
-Las personas a cargo de trabajos electorales.
-Los ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, gobernadores regionales y consejeros regionales; los embajadores y cónsules de Chile.
-Los magistrados de los tribunales superiores de justicia, los jueces que forman parte del Poder Judicial y los de Policía Local.
-Fiscales del Ministerio Público; jefes superiores de servicio y secretarios regionales ministeriales; el Contralor General de la República ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en servicio activo.
–Extranjeros, no videntes, analfabetos.
-Aquellos que hayan sufrido condena por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el sistema electoral público.
2) Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros de su local de votación.
3) Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
4) Tener más de 70 años de edad.
5) Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, situación acreditada con certificado de un médico.
6) Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.
7) Gestantes durante todo el período de embarazo. También el padre o madre de un hijo o hija menor de dos años.
8) Estar al cuidado de adultos mayores en situación de dependencia o de personas en situación de discapacidad.







