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Sujeto fue condenado a más de 20 años de prisión por la violación de menores de edad en Rancagua y Olivar


Además del mismo delito acreditado al condenado en San Antonio, región de Valparaíso.

JUEVES, 17 DE ABRIL DE 2025
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Publicado por

Danya Ríos

Periodista El Tipógrafo


Por los delitos de violación reiterada de persona menor de 14 años y otros consumados de estupro, que suman en total más de 20 años, fue condenado en sujeto identificado por las las iniciales H.A.M.S. este miércoles recién pasado.

En especifico, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua determinó que el condenado deberá cumplir la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito reiterado y consumado de violación de persona menor de 14 años. Ilícito perpetrado en marzo de 2017, en las comunas de Olivar y San Antonio.

Además, impuso a H.A.M.S las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras durante el tiempo de la condena, además del pago de las costas del procedimiento.

A esta condena se suman 10 años y un día de presidio efectivo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras durante el tiempo de la condena, en calidad de autor de tres delitos reiterados y consumados de estupro, perpetrados entre 2016 y 2019, en las comunas de Olivar y Rancagua.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre los meses de febrero y marzo de 2017, la víctima de 13 años fue contactada con el acusado H.A.M.S a través de otra menor de edad, procediendo a cometer el delito de violación reiterada “aprovechando el agresor el grave desamparo en que la joven se encontraba, entregándole dinero y otras prestaciones a cambio”.

Además, el condenado cometió el delito de estupro con tres víctimas menores de edad, aprovechando el grave desamparo en que se encontraban y “entregándole dinero a cambio y otras prestaciones”.

“De todo lo antes dicho, pudo concluirse que en todos los casos traídos a juicio, se trató de menores de edad que se hallaban en un alto grado de riesgo y vulnerabilidad, no tan solo desde un punto de vista económico, sino que también desde el parámetro emocional o afectivo, pues al momento de perpetrarse los delitos no contaban con la cobertura completa de sus necesidades, no cumplían con asistencia escolar regular (no mantenían un único domicilio), no tenían una figura de control, contención, afecto, cuidado ni protección, por eso se escapaban de sus casas, en busca de pares para cubrir tales requerimientos, lo que a juicio de esta Sala, fueron todos antecedentes más que suficientes para constatar que las tres afectadas de marras, se hallaban en un grave desamparo al momento de perpetrarse los delitos de que fueron víctimas”, razona el fallo.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.


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