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Corte de Rancagua confirma condena de más de 10 años por femicidio frustrado en Requínoa


El tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Jairo Bastián Meneses Salinas, ratificando la sentencia por femicidio frustrado y desacato, ocurridos en julio de 2023.

MARTES, 25 DE MARZO DE 2025
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Publicado por

Danya Ríos

Periodista El Tipógrafo


La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la condena de 10 años y un día de presidio efectivo para Jairo Bastián Meneses Salinas, declarado autor del delito de femicidio frustrado, además de 61 días de presidio por desacato. Los hechos ocurrieron en la comuna de Requínoa, en julio de 2023.

En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del condenado, descartando error de derecho en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

El tribunal reafirmó que los elementos objetivos y subjetivos del caso demostraron la existencia de dolo homicida. Según el fallo, la agresión consistió en múltiples golpes de alta intensidad en la cabeza de la víctima, una zona vital del cuerpo humano, lo que evidencia la intención de matar por parte del acusado. El hecho de que la víctima sobreviviera se debió únicamente a una atención médica oportuna y eficaz.

Los jueces establecieron que la prueba rendida por el Ministerio Público fue suficiente para acreditar tanto la existencia del delito como la autoría del acusado. Además, concluyeron que la valoración probatoria del tribunal de primera instancia fue realizada conforme a las reglas de la sana crítica, desestimando los argumentos presentados por la defensa.

“El supuesto en que se funda la causal del recurso de nulidad es incongruente con los hechos acreditados en juicio”, señaló el fallo, reafirmando que el acusado actuó con intención homicida y que no existió error de derecho alguno en la calificación jurídica del delito como femicidio frustrado.

En definitiva, la Corte resolvió: “Se rechaza, sin costas, el recurso de nulidad deducido por la defensa del acusado Jairo Bastián Meneses Salinas (…) la sentencia no es nula, como tampoco lo es el juicio oral que le sirvió de antecedente”.


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