Entrando en tierra derecha de las fiestas de fin de año, en el sitio web de la Dirección del Trabajo www.direcciondeltrabajo.cl, se habilitará un banner para recibir denuncias o para acceder a la normativa vigente sobre feriados obligatorios e irrenunciables. Asimismo, se podrá denunciar los días 25 de diciembre y 1 de enero en el Centro de Atención Telefónica, cuyo número es el 600 450 4000, entre las 09:00 y las 15:00 horas del 25 de diciembre y del 1 de enero.
Ambos dispositivos serán atendidos por el Departamento de Atención a Usuarios, quienes derivarán las denuncias a las correspondientes DRT.
Los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero, dispuestos por la ley 19.973, comprenden a todos los dependientes del comercio, con las excepciones que se indican, y en la práctica significa que los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas del martes 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del martes 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 2 de enero de 2025.
En caso de no cumplir con estos feriados obligatorios e irrenunciables, las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($336.470 al mes de diciembre de 2024 hasta 20 UTM ($1.345.880 al mes de diciembre de 2024) (*) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número total de trabajadores de la empresa.