Este jueves se realizó una audiencia a petición de la defensa de la condenada por la responsabilidad del homicidio de Tomás Acevedo, joven scout que fue atacado en 2019 en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua en la Región de O’Higgins.
Antecedentes del homicidio premeditado de Tomás Acevedo
Fue el pasado 27 de julio de 2019 cuando Tomás fue atacado con un arma blanca en reiteradas ocasiones, hecho que ocurrió en el Estero Zamorano, enclavado en San Vicente. Según la información entregada por el Ministerio Público, la acusada citó a la víctima al lugar donde posteriormente sería asesinado.
Fue Ulises Labrín (23) el autor material del homicidio, quien habría actuado en venganza ya que se consignó que la autora intelectual del homicidio, Francisca, inventó que Tomás habría abusado sexualmente de ella. El crimen fue premeditado, puesto que se hizo uso de guantes quirúrgicos y se intentó ocultar cualquier evidencia presente en el lugar.
Cabe destacar que la agresión se extendió por más de 20 minutos, provocando más de 230 heridas cortopunzantes. Francisca fue condenada a “sanción mixta de 4 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social y un año de libertad asistida especial por su participación”, sentenció la jueza Paulina Chaparro.
Solicitud de modificación en la pena de la autora intelectual
A través de un comunicado por parte de la Defensoría Penal Pública de O’Higgins, se indicó que una vez que Francisca cumpla la mitad de su condena “la adolescente tiene el derecho de presentarse ante un juez y solicitar una modificación a la manera en la que cumple la pena, vale decir, alguna salida por el fin de semana, el traspaso al sistema semi cerrado”.
Además, se comunicó que presentarán antecedentes psicológicos y conductuales que podrían permitir de esta manera alguna modificación en la condena. Sin embargo, tras la audiencia en el Tribunal de Garantía de Graneros, el fiscal jefe de San Vicente, Claudio Riobó Loyola indicó que se “se decidió finalmente rechazar la petición y mantener la pena originalmente impuesta a cuatro años de régimen cerrado”.