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CGE hace un llamado a inscribirse para optar a los beneficios de la Ley de Servicios Básicos

JUEVES, 29 DE ABRIL DE 2021
Publicado por

Luis Villanova


Quienes necesiten acceder al convenio, pueden realizar el trámite en la página web www.cge.cl, escribir al correo atencionclientes@cge.cl o llamar al número gratuito de Atención al Cliente 800 800 767 para solicitar este beneficio.


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El próximo 5 de mayo termina la vigencia de los beneficios establecidos en la Ley N°21.249, más conocida como Ley de Servicios Básicos. Dicha ley establece que las empresas de servicios básicos, entre ellas las distribuidoras eléctricas, no podrán cortar el suministro de electricidad por no pago a sus clientes, junto con entregar facilidades para regularizar esas deudas.

“Sabemos que nuestros clientes están pasando por un mal momento debido a las dificultades que ha generado la pandemia. Muchos de ellos han perdido su empleo, otros han visto disminuidos sus ingresos; algunas pymes han tenido que cerrar, han disminuido las ventas, etc.”, dijo el Gerente Zonal de CGE, Felipe Massardo.

Por ello invitó a las personas que estén en esta situación a tomar contacto con la empresa. “Se han acercado pocos, cerca de 5 mil clientes se han acercado a través de distintos canales para inscribirse en este convenio, de un universo de 92 mil clientes que tenemos en la región que están en una situación de deuda”, sostuvo el Gerente Zonal. “Los invitamos a que se informen a través de nuestra página web, se acerquen a través del teléfono, correo electrónico o las oficinas que están operando”, agregó.

Quienes necesiten acceder al convenio, pueden realizar el trámite en la página web www.cge.cl, escribir al correo atencionclientes@cge.cl o llamar al número gratuito de Atención al Cliente 800 800 767 para solicitar este beneficio.

Los clientes podrán realizar convenios de pago de su deuda en hasta 36 cuotas mensuales, sin intereses, sin multas, ni gastos asociados. Este beneficio podrá ser solicitado por los clientes hasta 30 días después del término de la vigencia de ley, vale decir hasta el 5 de junio de 2021.

“Es un trámite que para las personas individualmente, es automático, cumpliendo con los requisitos. Por ejemplo, si una persona natural ha visto disminuidos sus ingresos solo necesita una declaración simple, no notarial, donde explique el detalle, la situación que lo está aquejando, y además indique en cuántas cuotas quiere repactar su deuda. Esa respuesta es automática”, aseguró el Gerente Zonal de CGE, Felipe Massardo.


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