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Rancagua: Corte de Apelaciones suspende por tres meses a juez Luis Barría por denuncias de acoso sexual


Las acusaciones contra el magistrado fueron formuladas anónimamente por un grupo de cinco funcionarias.

MIÉRCOLES, 3 DE FEBRERO DE 2021
Publicado por

Matías Pérez

Periodista El Tipógrafo


La Corte de Apelaciones de Rancagua determinó la suspensión por tres meses del juez de Rancagua, Luis Barría, quien fue investigado por una serie de denuncias por acoso sexual en contra de funcionarias del Ministerio Público.

“A este respecto se comparte la propuesta de sobreseimiento efectuada por el señor Fiscal Judicial, pues como lo indicó la señora Fiscal Judicial Interina de esta Corte de Apelaciones (…) no tiene la calidad de denunciante en los términos exigidos por el artículo 8° del Acta 103-2018”, se señala en la resolución.

Al respecto, se puntualiza que “el primero de los hechos narrados ocurrió en el año 2006 y los otros en años anteriores a la fecha fijada para esta investigación, encontrándose prescritos”, a lo que se suma que estas conductas se habrían reiterado en los años posteriores.

Con respecto a los cargos formulados, en la resolución se da cuenta del detalle de las acusaciones que el juez habría perpetrado a través de diversos episodios de acoso a funcionarias en el Tribunal de Garantía, lo que habría tenido lugar “mediante distintas acciones, que de manera explícita o implícita se referirían a requerimientos de carácter sexual no consentidos, tales como tocaciones, encerronas, piropos, miradas lascivas, comentarios inapropiados y hostigamientos”.

Frente a todas estas consideraciones, la Corte de Apelaciones indicó que “se acuerda sobreseer al investigado Luis Hernán Barría de la denuncia”, a lo que se suma “la sanción disciplinaria con la medida única de suspensión de funciones por el plazo de tres meses con goce de medio sueldo, por su responsabilidad en el cargo”.

Por otro lado, en la resolución se solicita a la Corte Suprema que utilizando sus facultades y “como medida destinada a dar protección a las ofendidas, arbitre las medidas para el traslado del investigado”, añadiéndose al término “no proponer que evalúe la posible remoción del sancionado”.


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