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Los horarios en que funcionará el comercio el 24 y 31 de diciembre


Recordar que el 25 de diciembre y el 1 de enero son feriados irrenunciables.

LUNES, 23 DE DICIEMBRE DE 2019
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Se acercan las fiestas de fin de año y con ellas los feriados del 25 de diciembre y el 1 de enero, los cuales son irrenunciables para los trabajadores del comercio.

Lo anterior significa además, que el comercio debe cerrar sus puertas a las 20 horas del martes 24 de diciembre y volver abrir desde las 6 de la mañana del jueves 26 de diciembre.

Lo mismo ocurre el martes 31, ya que los trabajadores deben dejar sus puestos de trabajo a las 8 dela noche de ese día y volver a las 6 horas del jueves 2 de enero de 2020.

Sin embargo, tal normativa no es aplicable a los trabajadores que desempeñan en clubes restaurantes, establecimientos de entretenimiento tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en aeródromos civiles y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego autorizados legalmente, trabajadores de expendios de combustibles, y trabajadores de farmacias de urgencia.

En el caso de las tiendas de los servicentros de gasolina podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que puedan ser consumidos por el cliente en el propio local.

Los empleadores sorprendidos en infracción deberán cesar las labores de los trabajadores de inmediato, y abandonar su lugar de trabajo, sin perjuicio de cursársele la multa respectiva las que que van desde 5 UTM ($248.115) a 20 UTM ($992.460) por cada trabajador afectado.

El Seremi del Trabajo y Previsión Social de la región de O´Higgins, Federico Iglesias, comentó “en estas fechas tan importantes, todos los trabajadores tienen derecho a compartir junto a sus seres queridos, es por eso que hacemos un llamado a los empleadores de la región a que respeten los feriados irrenunciables del 25 de diciembre y 1 de enero. Para proteger a los trabajadores la Dirección del Trabajo tendrá disponible en su página web www.direcciondeltrabajo.cl un banner a partir de las 18 horas del día anterior a cada feriado, dónde los trabajadores podrán realizar sus denuncias.”


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