Tras el comienzo en abril del período en que se permite la caza limitada de cierta especies como la perdiz y la tórtola, entre otras, funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de O’Higgins, realizarán un amplio despliegue territorial.
Según lo establecido en la Ley de Caza 19.473, la normativa vigente autoriza la caza y/o captura de 26 especies de aves y 12 de mamíferos. La misma establece las temporadas, las zonas, el número de ejemplares que pueden cazarse o capturarse por jornada, y las prohibiciones que deben respetar las personas que practiquen esta actividad.
Rodrigo Sotomayor, director regional (TyP) del SAG, llamó a las personas que se dedican a esta actividad a “respetar la normativa legal vigente, ya que una gran cantidad de especies se encuentran protegidas por ley y, por lo tanto, las personas al momento de cazar, deben conocer cuáles de ellas son las que se encuentran en dicha condición”.
Sotomayor destacó, además, que al momento de ser fiscalizadas, “las personas deben llevar consigo su cédula de identidad, la inscripción de sus armas o padrón, el permiso de transporte del arma y el carnet que entrega el SAG para realizar esta actividad”.
El artículo 25 de la Ley 19.473, establece entre algunas prohibiciones, la caza menor a una distancia inferior a 400 metros de cualquier poblado o vivienda rural aislada; La caza mayor a una distancia inferior de 1.000 metros de cualquier poblado o vivienda, vías de tránsito de uso público, vías de navegación, líneas de ferrocarril, construcciones o instalaciones que impliquen la permanencia permanente o temporal de personas.
El uso y transporte de trampas tales como ligas, redes, jaulas, cepos o trampas de platillo y lazos, entre otras, para capturar animales. No obstante de lo anterior, se exceptúa de esta norma, el uso de huaches o guachis para la captura o caza de conejos y liebres; La caza o captura de especímenes de fauna silvestre en sus dormideros, aguadas, sitios de nidificación, reproducción y crianza, con excepción de los animales declarados dañinos.
Utilizar señuelos, excepto para la caza de patos, e instalar cebaderos destinados a atraer animales para su caza o captura, con excepción de los animales declarados dañinos. La caza de animales durante la noche, con excepción de los declarados dañinos y la persecución de animales en vehículos o utilizar focos para su encandilamiento, a excepción de la caza de animales dañinos de hábitos nocturnos.