A partir de hoy domingo 2 de noviembre de 2025, inicia la restricción en todo el país para la publicación y difusión pública de encuestas electorales, de acuerdo con lo establecido por el Servicio Electoral (Servel) y la Ley N.º 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Según el artículo 37 de la normativa, “sólo se podrá divulgar resultados de encuestas de opinión pública referidas a preferencias electorales, hasta el décimo quinto día anterior al de la elección o plebiscito inclusive”. De esta manera, ayer 1 de noviembre fue el último día autorizado para la difusión de sondeos, medida que rige hasta el cierre de las urnas el domingo 16 de noviembre, fecha de las elecciones presidenciales y parlamentarias.
En este período, medios de comunicación, consultoras o cualquier organización o entidad que realicen sondeos, tiene prohibición de publicar o comentar resultados de encuestas asociadas a preferencias electorales.
Por otro lado, el calendario electoral continúa vigente, contemplando la difusión de la franja en televisión abierta y la difusión de propaganda electoral en espacios públicos y medios contratados, conforme a los plazos definidos por la ley electoral.







