Tras las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias de este domingo 16 de noviembre, se comienzan a hacer los análisis de los resultados y uno de ellos, es el que está afectando a 12 colectividades políticas que no alcanzaron el mínimo legal establecido en la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos.
Este estándar establecer que deben alcanzar el 5% de los sufragios válidamente emitidos en la elección de parlamentaria. Citando en particular el artículo 42, se establece que deben obtener ese porcentaje en al menos ocho regiones o en tres contiguas.
De no cumplirse lo señalado, para conservar la existencia legal, deben obtener un mínimo de cuatro parlamentarios en dos regiones distintas, esto es diputados o senadores.
Serían 12 las colectividades que no lograron ni lo único ni lo otro, por lo que arriesgan ser forzosamente disueltas. A no ser que optaran por fusionarse para sobrevivir, formando alguna alianza.
Se trata de:
- Acción Humanista (una diputación)
- Federación Regionalista Verde Social (dos diputaciones y una senaturía)
- Partido Radical (dos diputaciones)
- Demócratas (dos diputaciones)
- Evópoli (dos diputaciones)
- Amarillos por Chile (no eligió)
- Partido Social Cristiano (tres diputaciones)
- Partido de Trabajadores Revolucionarios (PTR) (no eligió)
- Partido Popular (no eligió)
- Partido Igualdad (no eligió)
- Partido Alianza Verde Popular (no eligió)
- Partido Ecologista Verde (no eligió)






