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Resolución de Tribunal Ambiental: Ruta de la Fruta sigue construyéndose

VIERNES, 22 DE MARZO DE 2024
Publicado por

Luis Villanova


La municipalidad de Pichidegua y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de dicha comuna pretendían la caducidad de la aprobación ambiental del proyecto.


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El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación de la municipalidad de Pichidegua y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de dicha comuna que pretendían la caducidad de la aprobación ambiental del proyecto “Concesión Ruta 66 – Camino de La Fruta”.

Tras analizar los antecedentes, el referido tribunal concluyó que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) logró constatar el inicio de ejecución de la iniciativa.

“Se tiene por acreditado el inicio de ejecución del proyecto “Concesión Ruta 66-Camino de la Fruta”, y se rechaza a través de la resolución reclamada, la solicitud de invalidación ya que se encuentran debidamente fundamentadas y ajustadas a Derecho. Lo anterior, atendido que los antecedentes presentados por el titular, efectivamente, dan cuenta de la realización de gestiones y actos de manera sistemática, ininterrumpida y permanente, antes del vencimiento del término de caducidad, permitiendo constatar el inicio de ejecución de su proyecto”, dice la sentencia del Tribunal.

El Órgano estuvo integrado por los ministros Marcela Godoy Flores, presidenta, Cristián Delpiano Lira, y Cristián López Montecinos, redactando la sentencia la ministra Godoy.

Cabe recordar que la Municipalidad de Pichidegua y la Unión Comunal concurrieron ante el Tribunal luego que el SEA rechazó la solicitud de invalidación que habían presentado en contra de la resolución que -en febrero de 2018- dio por acreditado el inicio de la ejecución del proyecto, el cual fue aprobado en marzo de 2013.

Gestiones sistemáticas

Tras analizar los antecedentes expuestos en la causa, el Tribunal concluyó que el SEA justificó razonable y fundadamente la idoneidad de las gestiones y actos realizados por el titular para acreditar el inicio de ejecución del proyecto, cumpliendo con lo establecido en la Ley N°19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

Además, la sentencia explica que se trata de gestiones y actos permanentes e ininterrumpidos, toda vez que permiten establecer que el proyecto se mantendrá en ejecución de manera continua, pues no hay interrupción, detención, o cese de éstas.

El proyecto es de carácter interregional, emplazándose en las regiones de Valparaíso, Metropolitana y O’Higgins, específicamente, en las comunas de Santo Domingo, San Antonio, Malloa, San Vicente, Peumo, Las Cabras y San Pedro. Consiste en el mejoramiento, rehabilitación y homogenización del perfil de la Ruta 66, junto con la ampliación a segundas calzadas de los primeros 26 km -entre Pelequén y Peumo- y una calzada bidireccional, ya sea emplazada por la ruta actual o en una variante, para el resto del trazado.


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