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Gendarmería explica cómo violador que mató a un niño cuenta con permiso de salida

MARTES, 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020
Publicado por

Erika Pulgarin

Periodista El Tipógrafo

La institución detalló que Héctor Mauricio Riveros Retamal se encuentra condenado desde al año 2000 por lo delitos de Homicidio Calificado y Violación.


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Un recurso de protección fue presentado en contra de Gendarmería de Chile por los permisos de salida otorgados a un hombre que cumple condena por la violación y homicidio de un niño de 13 años, en un hecho ocurrido en el 2000 en la comuna de Parral, en la región del Maule.

Gendarmería aclaró que el hombre cuenta con permisos de salida,  y destacan que las autorizaciones fueron restituidas «en estricto cumplimiento a lo instruido por los tribunales de justicia».

La institución detalló que Héctor Mauricio Riveros Retamal se encuentra condenado desde al año 2000 por lo delitos de Homicidio Calificado y Violación.

Por el primer delito recibió una pena de presidio perpetuo y por el segundo más de 15 años de presidio.

«En el año 2017, el Consejo Técnico aprobó su postulación y fue ingresado al Centro de Educación y Trabajo (CET) de Talca, establecimiento de régimen semi abierto, en que ha tenido una buena conducta, sin infracciones ni incumplimientos de sus obligaciones, por lo que fue accediendo progresivamente a beneficios intrapenitenciarios, (inicialmente, salida dominical y en la actualidad, salida de fin de semana)», detalló la institución.

«En el primer semestre del año 2020 -conforme a la normativa vigente en ese momento- fue por primera vez, postulado por Gendarmería a la Libertad Condicional, postulación que fue rechazada por la Comisión de Libertad Condicional. Ante esta decisión, la defensa del condenado presentó un Recurso de Amparo, el que fue rechazado, tanto por la Corte de Apelaciones de Talca, como por la Corte Suprema», manifestaron.

Asimismo, Gendarmería señaló que: «Conocido lo resuelto por ambas Cortes, la Dirección Regional de Gendarmería del Maule, a instancias de la Dirección Nacional del Servicio, dispuso reevaluar tanto la permanencia del condenado en el CET, como la conveniencia de que siguiera accediendo a permisos de salida».

«Como consecuencia de lo anterior, en el mes de junio de 2020, la autoridad regional estimó revisar los criterios atendida la naturaleza de los delitos, por lo que mediante la Resolución Exenta Nº 1528 de fecha 12 de Junio de 2020, la administración dispuso su retorno a la cárcel de Talca y la suspensión de los permisos de salida», afirmó.

Asimismo indicaron que «Contra esta decisión, la defensa del condenado interpuso un nuevo Recurso de Amparo, señalando que la medida de Gendarmería era ilegal y arbitraria».

«Este recurso fue acogido por la Corte de Apelaciones de Talca y ratificado por la Corte Suprema, ordenando la restitución del amparado a su situación previa a la interposición del recurso, por lo que debió ser reingresado al CET de Talca y se le debieron ser restituidos sus permisos de salida por parte de Gendarmería de Chile, en estricto cumplimiento a lo instruido por los tribunales de justicia», concluyó.


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