Desde siempre hemos escuchado la expresión “Territorio Antártico Chileno”, pero no todos nos hemos preguntado de donde proviene dicho concepto.
Aristóteles y Eratóstenes fueron quienes introdujeron, sobre la base de la simetría geométrica, la idea de la existencia de una tierra desconocida en el sur del globo, sin que la Antártica hubiese sido descubierta aún.
La teoría era que debía existir una gran masa de tierra en el hemisferio sur, que hiciera contrapeso a la masa conocida en el hemisferio norte.
Al firmarse el tratado de Tordesillas el 7 de junio de 1594, que estableció las áreas de interés de España y Portugal, la Terra Australis Ignota quedó bajo control hispano.
Jerónimo de Alderete recibió los derechos sobre las tierras que conformaban la gobernación de Chile, incluyendo la Antártica no descubierta aún, pero sí considerada en los mapas producto de las teorías aristotélicas.
Al llegar la independencia, el principio del uti possidetis iuris, fijó los límites de los nuevos estados, conforme a los que heredaron de España, quedando Chile con los derechos de dichas tierras.
Pasados los años, diversos navegantes la fueron situando en su real dimensión, ya que inicialmente se consideraba unida al continente americano, hasta que a partir de 1819 se asume descubierta, sucediéndose una serie de exploradores que fueron dándonosla a conocer.
Chile formalizó sus derechos antárticos sobre todas las tierras, islas, islotes, arrecifes y glaciares y demás conocidos y por conocerse y el mar territorial respectivo, entre los meridianos 53º y 90º de longitud Oeste el año 1940, mediante el Decreto Supremo N° 1.747 del presidente Pedro Aguirre Cerda.
Nuestro país declara que el territorio antártico chileno, posee 1.250.257,6 kms² entre los meridianos ya mencionados, sobre el cual reclama soberanía, prolongando su límite meridional hasta el Polo Sur.
Pero no solo lo manifestamos por escrito, además tenemos una clara presencia en la Antártica, con diversos asentamientos humanos que marcan nuestro interés en dicho territorio.
Ahora bien, el Estado de Chile es responsable de planificar la conducción y ejecución de los aspectos diplomáticos, jurídicos y políticos, que permitan cautelar el interés nacional en la conservación y protección de la Antártica y los derechos soberanos del país sobre el Territorio Antártico Chileno.
Como vemos, por lejana que nos parezca, la Antártica Chilena no solo existe, sino además, es parte irrenunciable de nuestra soberanía, incluso, desde antes que fuéramos un país independiente.






