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Columnas de Opinión

La eficacia del derecho

SÁBADO, 4 DE JULIO DE 2020


El derecho, de modo simple, es un conjunto de normas o reglas de
conducta, establecidas por el Estado, a través de sus poderes colegisladores,
cuya finalidad es asegurar una armoniosa convivencia social, y cuyo
cumplimiento puede ser exigido por la fuerza.

No basta con dictar leyes, no es suficiente que las conductas humanas
se prescriban en ellas, es indispensable que sean obedecidas por los habitantes del país, a todos los cuales obligan. El cumplimiento de las normas legales es lo que se llama eficacia del derecho, y su resultado es una convivencia civilizada.

John Kennedy, en uno de sus célebres discursos, refiriéndose a esta
materia, dijo: “Todo ciudadano tiene derecho a discrepar de las leyes que
rigen en su país. Pero eso no lo libera de su obligación de cumplirlas”. La
conclusión es muy simple: todo ciudadano debe acatar las leyes de su patria, sean de su agrado, o no lo sean.

Como dijimos, el cumplimiento de las normas jurídicas puede ser
exigido por la fuerza, de modo que si un ciudadano no las acata
voluntariamente, el Estado debe hacer uso de la fuerza legítima que la
Constitución le otorga, para hacer efectiva la eficacia del derecho. El principio constitucional de la igualdad ante la ley es su base: no puede acontecer que algunos las cumplan y que otros no. Como afirmaba el viejo apotegma romano: “La ley pareja no es dura” (en latín, sed lex, dura lex).

Para hacer efectiva la eficacia del derecho, el Estado tiene asignado el
monopolio de la fuerza, siendo su obligación ejercerla cada vez que sea
necesario, con la racionalidad y proporcionalidad que las circunstancias exijan o aconsejen.

El uso de la fuerza frente a la desobediencia, es una obligación del
Estado, el cual la ejerce a través de los órganos públicos creados
específicamente para tales fines, los que conforme el mandato constitucional son las Fuerzas Armadas, Carabineros y la PDI.

Resumo: el Estado no puede permitir que los ciudadanos incumplan
la ley, y debe reprimir con la fuerza legítima todo acto contrario a derecho que se lleve a cabo dentro del territorio nacional. Fuera de los órganos del Estado, antes mencionados, nadie puede hacer uso de la fuerza, eso es enteramente ilegal. Ninguna razón justifica tales conductas.

Pues bien, el panorama nacional demuestra, lamentablemente, que el
Estado no está cumpliendo su deber de exigir y hacer efectiva la eficacia del
derecho. Se decretan cuarentenas para combatir la pandemia, con los
dolorosos efectos de perjudicar gravemente a los más pobres, que quedan
despojados de sus remuneraciones y sufren las consecuencias pertinentes. Se paralizan empresas, cuyos ingresos merman, produciendo aciagas
consecuencias.

Sin embargo, vemos las calles con mucho tránsito vehicular, con un
movimiento que nos da la impresión que nada sucediera. La cuarentena pasa a ser una mascarada, pues miles de ciudadanos no cumplen la ley, la
desobedecen, inventan excusas y pretextos para circular en lo que les place, y finalmente, el efecto sanitario esperado no se cumple. No observamos que el Estado cumpla su mandato de hacer efectiva la eficacia de las normas
sanitarias.

Nos llegan noticias de la Araucanía, en que siguen las quemas de
camiones y otros atentados terroristas, sin que se observe que haya eficacia
alguna del derecho.

Repito lo que he dicho ya muchas veces, con enorme pesar: vamos
caminando hacia un Estado impotente, que evita cumplir sus obligaciones. Sin orden, sin disciplina, ¿cómo reactivaremos nuestro país luego de la pandemia?

Oscuro panorama.

Mario Barrientos Ossa.
Abogado.
Magister en Derecho U. de Ch.



Acerca de Mario Barrientos Ossa.
Nació en Rancagua. Egresó del Instituto Nacional y cursó Derecho en la Universidad de Chile. Es Diplomado en Administración Pública y Magíster en Derecho de la misma casa de estudios. Se desempeñó como Contralor Regional y subjefe del Departamento de Estudios de la Contraloría. Posteriormente, fue Asesor Jurídico de la División El Teniente. A contar de 1994 ejerce liberalmente la profesión en su Estudio Jurídico. Fue alcalde de Rancagua y uno de los cofundadores de la Universidad Leonardo da Vinci. Fue profesor en la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación y en la Universidad de Aconcagua, cuya Revista de Derecho creó y dirigió. Se desempeñó como Abogado Integrante de la Corte de Apelaciones de Rancagua.
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