El viernes 9 de marzo comenzó a regir formalmente en todo el país el Registro Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, proceso mediante el cual los dueños de perros y gatos deben formalizar la inscripción del animal para beneficio de este último.
La instancia, basada en lo estipulado en la Ley Cholito, consta con una serie de requisitos que deben cumplir las persona que se harán cargo del cuidado de las mascotas. Se estima que dicho proceso tendrá una duración de 3 meses, plazo adicional a los 6 meses que estipula la Ley 21.020.
En el caso del perro o gato, este debe tener al menos dos meses de edad, y un veterinario debe emitir un documento en donde se acrediten los siguientes datos: nombre del animal, número de microchip, especie, sexo, raza, color, edad mediante su fecha de nacimiento real o estimada y estado reproductivo
En relación al dispositivo instalado en la mascota, este debe estar colocado bajo la piel del mamífero, teniendo que cumplir con la norma ISO 11784, es decir, tener un número único de 15 dígitos.
En tanto, la persona debe acreditar su residencia en la municipalidad correspondiente y no debe estar con inhabilidad absoluta para la tenencia de animales.
¿Cómo se hace?
El dueño debe dirigirse a su municipio y hacer la petición presencial con todos los datos pedidos o efectuar la acción vía web en https://registratumascota.cl/inicio.xhtml