
El Decreto Supremo N° 594 “Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” reconoce explícitamente a la radiación ultravioleta de origen solar como un factor de riesgo.
En el área laboral de la construcción, agricultura, pesca, minería, transporte y ferias, los trabajadores están más expuestos a la radiación ultravioleta de origen solar. Por este motivo, la ministra del Trabajo, Javiera Blanco y representantes de la ACHS entregaron algunas recomendaciones y destacaron los deberes de las empresas al respecto.
La ministra del Trabajo señaló que “debemos velar para que el trabajo se dé con condiciones de seguridad y de salud, los trabajadores deben contar con reglamentos, programas escritos, tener vestimenta adecuada y no tener las zonas del cuerpo expuestas”.
“Es importante usar bloqueador, los trabajadores deben hablar con su empleador porque esta normativa se debe cumplir. Para eso está el ministerio y la dirección del trabajo, iniciamos un programa de fiscalización en todo el país para ver los sectores más expuestos”, comentó.
El Decreto Supremo N° 594 “Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” reconoce explícitamente a la radiación ultravioleta de origen solar como un factor de riesgo.
Por este motivo, la ACHS ha implementado iniciativas orientadas a entregar directrices que permiten a las empresas identificar y evaluar el riesgo para los trabajadores: instructivo, guía técnica, programa, cursos e-learning y presenciales y videos, que están siendo entregados a los asociados.
Lo que debe cumplir la empresa:
Según informó la autoridad las empresas deben “informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de control”.
Asimismo, deben “publicar diariamente en un lugar visible el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile y las medidas de control que se deben aplicar, incluidos los elementos de protección personal”, indicó.
Es importante “identificar los trabajadores expuestos; detectar los puestos de trabajo e individuos que requieran medidas de protección adicionales y verificar la efectividad de las medidas implementadas”.
Cabe recordar que “las medidas específicas de control a implementar, según exposición, deberán basarse en las indicaciones señaladas en la Guía Técnica de Radiación UV de Origen Solar dictada por el Ministerio de Salud”.
Finalmente explicó que es necesario “mantener un programa de instrucción teórico práctico para los trabajadores, de duración mínima de una hora cronológica semestral, sobre el riesgo y consecuencias para la salud por la exposición a radiación UV solar y medidas preventivas a considerar. Este programa debe constar por escrito”.