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Así es el especial protocolo que se aplica a un fallecido por coronavirus

JUEVES, 26 DE MARZO DE 2020
Publicado por

Matías Pérez

Periodista El Tipógrafo

“El personal de las empresas (funerarias) no entrará en contacto directo con el cadáver, ya que estará dentro de la bolsa sellada cuando lo reciban", explican desde la Seremía de Salud.


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La llegada de la pandemia del Covid-19 se ha hecho sentir con fuerza en Chile, donde hasta este jueves se contabilizaba un total de 1306 casos confirmados y de 4 víctimas fatales asociadas a su contagio.

Pese a que el número de fallecidos dista largamente de las cifras a las que hoy se enfrentan países como Italia o España, en Chile los servicios de salud cuentan con una serie de protocolos para evitar la propagación del virus en caso de que se produzcan decesos, detallando al respecto que el cuerpo es entregado a la empresa funeraria en una bolsa sellada que, tras ser depositada en el féretro, debe ser inmediatamente cerrado.

“El personal de las empresas no entrará en contacto directo con el cadáver, ya que estará dentro de la bolsa sellada cuando lo reciban, y el cuerpo dentro de este encapsulamiento no representa ningún riesgo para el personal de la empresa, dado que el cuerpo estará dentro de esta bolsa y esta no puede ser abierta”, según especificó el doctor Nelson Adrian, jefe del Departamento de Acción Sanitaria de la Seremi de Salud O’Higgins.

“No se permitirá ningún tipo de manipulación del cadáver: no se podrán aplicar técnicas de tanatopraxia, no se podrá maquillar, peinar, afeitar el cadáver. No se podrá manipular la bolsa, y cabe señalar que no hay argumentos que apoyen la idea de suspender los velorios en estas condiciones”, añadió al respecto.

El médico explicó que las características del ataúd no difieren en nada con respecto a las de los ataúdes comunes y corrientes, en que uno que cumpla con las condiciones de hermeticidad e impermeabilidad requeridas por el reglamento general de cementerios es más que suficiente.

“El coche mortuorio no requiere ninguna característica adicional a lo que son sus características habituales, y el destino final del cadáver puede ser la inhumación o la cremación de acuerdo a la voluntad de la familia, o bien del difunto si existiera una manifestación de voluntad dejada en vida para ser cremado”, reveló el doctor Nelson Adrian.

Sobre este último aspecto, el principal representante del Departamento de Acción Sanitaria de la Seremi de Salud O’Higgins reparó en que tanto ante una cremación como una inhumación, estas se realizarán bajo los procedimientos habituales “sin requerir ningún tipo de condición especial”.

“Cuando se trate de cadáveres que quieran ser trasladados a regiones distintas a aquella donde ocurrió el deceso, no se autorizará el traslado, y en estos casos se deberá proceder necesariamente a la cremación si la familia tiene decidido el traslado. Posteriormente, la familia podrá trasladar las cenizas en cofres o ánforas debidamente cerrados, tal como lo señala el reglamento de cementerios”, cerró el médico.

 


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