Productor de los graves hechos de violencia ocurridos la noche del viernes en comunas de la Región Metropolitana, el Presidente Sebastián Piñera decretó Estado de Emergencia en las provincias de Santiago y Chacabuco.
Decisión que recae únicamente en el mandatario, según el artículo 42 de la Constitución: “El estado de emergencia, en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación, lo declarará el Presidente de la República, determinando las zonas afectadas por dichas circunstancias”.
Esta medida no puede extenderse por más de quince días, aunque el Presidente puede tomar la decisión de prorrogarla por igual período.
Eso sí, otras prórrogas requerirán el acuerdo del Congreso.
Las zonas en estado de emergencia quedarán bajo la dependencia inmediata del jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente.