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Presentan solicitud de destitución contra Emiliano Arias por "mal comportamiento" y "negligencia manifiesta"

LUNES, 14 DE OCTUBRE DE 2019

"Tenemos la esperanza de que vamos a sortear con éxito la fase de admisibilidad", dice la abogada Marisol Peña.


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La abogada Marisol Peña llegó durante la mañana de este lunes a la Corte Suprema, en representación del fiscal nacional Jorge Abbott, para presentar la solicitud de destitución en contra del suspendido fiscal regional de O’Higgins, Emiliano Arias.

La solicitud está basada en dos causales: Mal comportamiento y la negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones.

Peña manifestó que «toda vez que se han señalado en forma muy precisa y detallada ocho hechos en el caso del mal comportamiento y cuatro hechos adicionales en el caso de la negligencia manifiesta que fundamentan la petición del fiscal nacional».

La abogada agregó que «tengo la más absoluta convicción de que es una acción sustentada en términos muy firmes en la Constitución, en la Ley Orgánica del Ministerio Público, en el Código Procesal Penal y también en normas internas que rigen al Ministerio Público».

Además, Peña aseguró que la remoción de los dos ministros de la Corte de Apelaciones de Rancagua puede influir en la decisión de la Suprema contra Arias «porque, constitucionalmente hablando, la Carta Fundamental en dos oportunidades se refiere al comportamiento funcionario. En el caso de los jueces que pueden ser removidos por mal comportamiento y también en el caso del fiscal nacional y los fiscales regionales».

En ese sentido explicó que «naturalmente creemos que los criterios que ha desarrollado la excelentísima Corte Suprema van a ser muy pertinentes en el debate que se va a iniciar a partir de este momento respecto de esta solicitud. Probablemente va a tener mucha incidencia”.

Por ello, insistió en que “estamos hablando de una acumulación de infracciones. El fiscal nacional está haciendo presente a la Corte Suprema una sucesión de hechos y también de omisiones ocurridas a lo largo del tiempo. Algunas de las cuales han sido invocadas en investigaciones sumarias o sumarios administrativos previos, pero otras no. Creemos que eso le da tremenda fuerza a esta acción, no se trata de un hecho aislado sino que una conducta persistente”.


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